Convocatoria de la línea de financiación «Préstamos bonificados IVF para empresas afectadas por la DANA de octubre de 2024».
Código de ayuda:
S26255/24Norma:
ACUERDO de 27 de noviembre de 2024.Plazo de Solicitud:
Hasta agotamiento de presupuesto o cierre de la línea por el organismo tramitador.Finalidad u objetivo de la ayuda:
1. Constituye el objeto de la presente convocatoria el otorgamiento de préstamos bonificados para la financiación de empresas que hayan resultado afectadas por la DANA de octubre de 2024 y cuenten con instalaciones o centros de actividad ubicados en alguno de los municipios afectados por el temporal que se recogen en el anexo I de la presente convocatoria.2. Los proyectos empresariales que podrán acogerse a la financiación objeto de esta convocatoria deberán estar vinculados a los daños sufridos como consecuencia de la DANA y tendrán por finalidad la reparación, renovación, adecuación, reposición, ampliación o mejora de:
1. construcciones e instalaciones.
2. maquinaria, equipos y vehículos.
3. existencias.
Categorías Subvención
Desarrollo Rural
Inversiones Materiales y Equipos
Localización del organismo gestor

Convoca:
Institut Valencià de Finances (Comunidad Valenciana)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de la financiación bonificada las empresas personas jurídicas afectadas por el temporal e lluvia y viento en la Comunitat Valenciana, iniciado el 29 de octubre de 2024, que acrediten daños en instalaciones o centros de actividad ubicados en alguno de los municipios afectados que figuran en el anexo I de la presente convocatoria.Requisitos:
1. La solicitante deberá acreditar una antigüedad mínima de dos años y contar como mínimo con un empleado o un trabajador autónomo societario.2. El beneficiario estará en disposición de contar con todas las licencias, autorizaciones y permisos necesarios para la ejecución del proyecto y cumplir la normativa nacional y comunitaria que resulte aplicable y, en particular, en materia de competencia, contratación del sector público y medio ambiente.
3. El beneficiario acreditará que estaba al corriente de cumplimiento de las obligaciones tributarias ante el Estado y la Generalitat, así como de las obligaciones ante la Seguridad Social, con anterioridad al 29 de octubre de 2024.
4. El beneficiario no estará sujeto a una orden de recuperación pendiente, después de una decisión de la Comisión Europea declarando una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
5. El beneficiario no se encontrará en ninguna de las siguientes circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Documentos asociados
Boletín:
02/12/2024
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 9997
Documento: Convocatoria 2024 (Completa) Descargar Documento
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 9997
Documento: Convocatoria 2024 (Completa) Descargar Documento
Boletín:
02/12/2024
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 9997
Documento: Convocatoria 2024 (Extracto) Descargar Documento
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 9997
Documento: Convocatoria 2024 (Extracto) Descargar Documento
Boletín:
12/12/2024
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 10002
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 10002
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