Convocatoria del apoyo genérico del Consell Insular de Menorca a la producción editorial y fonográfica en lengua catalana para el año 2006.
Código de ayuda:
S07646/05Norma:
Sesión ordinaria de 16 de enero de 2006, Sesión ordinaria de 7 de febrero de 2005.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 31/03/2006Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar las ayudas del Consell Insular de Menorca en concepto de apoyo genérico a la producción editorial y fonográfica en lengua catalana para el año 2006; convocatoria que se regirá por las bases aprobadas en la sesión del Consejo Ejecutivo de día 7 de febrero de 2005 y publicadas en el BOIB núm.35 de 1 de marzo de 2005.
Apoyar a las obras en lengua catalana producidas por empresas editoriales, entidades o particulares domiciliados en Menorca; y excepcionalmente por empresas o entidades no menorquinas cuando la temática de la obra producida por éllas sea de especial interés para Menorca.
El apoyo tiene la finalidad de interés público de fomentar el uso social de la lengua catalana mediante la promoción de la producción editorial y fonográfica en catalán con objeto de asegurar la oferta de productos culturales en esta lengua y potenciar la lectura en la lengua oficial y propia de Menorca.
Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Audiovisual, Prensa y Publicaciones
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejo Insular de Menorca (Islas Baleares)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Cuantía máxima: 6.000 eurosBeneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Las empresas editoriales menorquinas; pero también podrán acogerse las asociaciones e instituciones de la isla de Menorca o particulares residentes a la isla.Excepcionalmente, y en el supuesto de que la temática de la publicación sea de especial interés para Menorca, podrán acogerse a estas ayudas asociaciones, empresas y particulares de fuera de la isla.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las obras que se acojan al apoyo genérico deberán ser primeras ediciones, tener una tirada mínima de 500 ejemplares y, en el caso de libros, un número de páginas no inferior a 50, excepto en los casos de libros infantiles.Las obras deberán ser en lengua catalana, y los editores procurarán la corrección lingüística de las obras subvencionadas, tanto con respecto a las versiones originales como a las traducciones.
Quedan excluidos del apoyo genérico:
a) las obras que hayan sido autorizadas como libros de texto
b) los libros considerados de bibliófilo
c) las obras editadas en fascículos
d) los libros publicados por instituciones públicas
e) los libros editados por clubes de libros y empresas similares, sólo asequibles para los socios, y los editados expresamente para la venta a plazos
f) los álbumes y los recortables
Documentos asociados
Boletín:
01/03/2005
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 35
Documento: Convocatoria 2005 y Anexos Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 35
Documento: Convocatoria 2005 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
31/01/2006
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 14
Documento: Convocatoria 2006 Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 14
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