Convocatoria para 2007 del Decreto 131/2004, de 27 de julio, por el que se regula y convoca una línea de ayudas para el desarrollo del Programa de Apoyo a la Cooperación Empresarial en Extremadura.
Código de ayuda:
S42337/06Norma:
ORDEN de 30 de octubre de 2006. DECRETO 131/2004, de 27 de julio. ORDEN de 31 de octubre de 2007.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 26/11/2007Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente Orden tiene por objeto hacer pública la convocatoria para el año 2007, en régimen de concurrencia competitiva, de la concesión de ayudas en forma de subvención a fondo perdido establecidas en el Decreto 131/2004, de 27 julio, por el que se regula y convoca una línea de ayudas para el desarrollo del Programa de Apoyo a la Cooperación Empresarial en Extremadura, y dirigidas a financiar la contratación de personal técnico y otros gastos de gestión, por parte de las organizaciones que cumplan los requisitos establecidos la mencionada norma.Categorías Subvención
- Asociacionismo y Voluntariado
- Cooperación empresarial
Localización del organismo gestor
Extremadura
Convoca:
Consejería de Economía y Trabajo (Extremadura)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Se destina la cantidad de 337.500 euros, del proyecto 2004.19.005.0013, aplicación presupuestaria 19.05.724A.770 en el ejercicio 2007.Se financiará hasta el 100% de los costes salariales y sociales derivados de la contratación del personal técnico por parte de la entidad solicitante con un tope máximo de intensidad de ayudas de 30.000 euros.
Asimismo tendrán carácter subvencionables aquellos gastos indirectos motivados por la realización del proyecto, y que se estimarán en un máximo del 25% del coste del personal contratado.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Todas aquellas agrupaciones legalmente establecidas, con personalidad jurídica propia en cualquiera de sus formas asociativas, sin ánimo de lucro y con ámbito de actuación y domicilio social en la ComunidadAutónoma de Extremadura, que tenga entre sus fines, la Cooperación entre empresas y entidades de un sector, subsector o área de actividad concreta del tejido económico, para alcanzar un mayor nivel de competitividad, así como aquellos otros objetivos que hubiesen sido definidos a través de un Plan Estratégico bajo la forma de Plan Conjunto de Mejora de la Competitividad, de acuerdo a las características expresadas en el siguiente artículo.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los contenidos de las tareas y actuaciones a desempeñar por el personal técnico contratado al amparo de este programa de ayudas se enmarcarán en una doble vertiente:a).- Plan Conjunto de Mejora de la Competitividad:
La principal tarea del personal técnico contratado consistirá en la concreción, puesta en marcha y ejecución del Plan Conjunto de Mejora de la Competitividad diseñado, definido y asumido por la organización Cluster contratante.
b).- Gestión del Cluster:
Complementariamente a la tarea anterior, el personal técnico contratado realizará las tareas comunes de gestión gerencial de la organización Cluster.
Requisitos:
Características de los contratos:Los contratos formalizados al amparo del presente programa de ayudas serán a jornada completa y con una duración mínima de un año, debiendo de reunir los seleccionados un perfil profesional adecuado, siendo necesario que acrediten su experiencia en la gestión y desarrollo de proyectos para fortalecer la competitividad empresarial.
Los contratos se formalizarán con anterioridad a la Solicitud de ayuda. La entidad beneficiaria deberá comunicar a la Dirección General de Promoción Empresarial e Industrial cuantas variaciones e incidencias se produzcan en relación con el personal afecto al programa.
Si alguna de las personas contratadas al amparo del presente Decreto causase baja antes del periodo inicialmente previsto en el contrato, la entidad beneficiaria deberá cubrir la vacante en el plazo de un mes mediante un contrato de iguales características y para las mismas funciones que el contrato extinguido. La duración del nuevo contrato deberá ser, al menos, igual al periodo que reste por cubrir del contrato extinguido.
Documentos asociados
Boletín:
03/08/2004
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 89
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
04/11/2006
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 129
Documento: Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento
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Boletín:
15/11/2007
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 132
Documento: Convocatoria 2007 y Anexos Descargar Documento
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