Convocatoria para el año 2007, de subvenciones públicas con cargo a los presupuestos generalesdel Estado en el área de influencia socioeconómica del parque nacional de Ordesa y Monte Perdido.

Código de ayuda:

S44482/06

Norma:

ORDEN de 7 de noviembre de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/12/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden tiene por objeto, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1229/2005, de 13 de octubre, efectuar la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, correspondiente al año 2007 para el otorgamiento de subvenciones públicas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido.

Categorías Subvención

  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Medio Ambiente y Turismo (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima que puede alcanzar la subvención a otorgar se fijará en función de las disponibilidades presupuestarias, respetando, en todo caso, los límites máximos que para el tipo de actividad subvencionada puedan venir determinados por la normativa estatal.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones y ayudas recogidas en la presente Orden:

1. Entidades locales:

Los ayuntamientos de los municipios situados en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido: Bielsa, Broto, Fanlo, Puértolas, Tella-Sin y Torla.

2. Entidades empresariales:

a) Las entidades empresariales que tengan la consideración de pequeñas y medianas empresas, cuya sede social esté radicada en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional y cuya actividad principal se desarrolle en ella.

b) Los empresarios autónomos en los siguientes supuestos:
b1) Cuando su residencia y actividad se localicen en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional.
b2) Cuando residan en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional y pretendan implantar su actividad en ella.
B3) Cuando no residan en dicha área de influencia socioeconómica pero vengan realizando en el interior del Parque Nacional o en su zona periférica de protección actividades productivas de carácter artesanal ligadas al sector primario, siempre que tales actividades hayan sido específicamente regladas en los instrumentos de planificación de dicho parque.

3. Personas físicas: las personas físicas residentes en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional.

4. Instituciones sin fines de lucro:

a) Las fundaciones y asociaciones sin ánimo de lucro legalmente constituidas y cuya sede social o la de alguna de sus secciones o delegaciones radique en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional, siempre y cuando entre sus fines estatutarios figure expresamente la realización de actuaciones en materia de conservación o uso sostenible de los recursos naturales, de protección del patrimonio histórico artístico o de promoción de la cultura tradicional.

b) Las asociaciones de municipios incluidos en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional, constituidas para la promoción de actividades de desarrollo sostenible.

5. Otros:

a) Las entidades de derecho público constituidas al amparo de alguna legislación sectorial en materia de recursos naturales renovables y cuya actividad esté relacionada con su aprovechamiento ordenado en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional.

b) Las agrupaciones de propietarios de terrenos en el interior del Parque Nacional que se hubieran constituido para la explotación racional en común de los recursos renovables propios de dichos terrenos, siempre que tales actividades hayan sido específicamente regladas en los instrumentos de planificación de dicho parque.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El periodo de elegibilidad de las inversiones previstas en la presente Orden será del 1 de enero al 31 de octubre de 2007, pudiendo ser objeto de subvención las iniciativas siguientes:

1. Las inversiones en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional referidas a:

a) Iniciativas públicas tendentes a la modernización de las infraestructuras urbanas, periurbanas y rurales destinadas al uso general, así como a la diversificación y mejora de lo servicios prestados por la Administración local, cuando guarden una relación directa con las finalidades y objetivos que establecen la norma de declaración del Parque Nacional o sus instrumentos de planificación.

b) Iniciativas públicas o privadas destinadas a la conservación o restauración del patrimonio natural, siempre que presenten un manifiesto valor ecológico.

c) Iniciativas públicas o privadas orientadas a la eliminación de cualquier tipo de impacto sobre los valores naturales o culturales que justificaron la creación del Parque Nacional, incluido el impacto visual sobre la percepción estética del mismo ocasionado por infraestructuras preexistentes.

d) Iniciativas públicas o privadas dirigidas a garantizar la compatibilidad de las actividades y los usos tradicionales con la finalidad y objetivos de los Parques Nacionales.

e) Iniciativas públicas o privadas destinadas a la conservación o restauración del patrimonio arquitectónico, así como aquellas que contribuyan a la recuperación de la tipología constructiva tradicional, siempre que presenten un manifiesto valor histórico-artístico o cultural a escala local.

f) Iniciativas privadas destinadas a la puesta en marcha de actividades económicas relacionadas con el Parque Nacional, en particular, las relacionadas con la prestación de servicios de atención a visitantes y la comercialización de productos artesanales.

g) Iniciativas privadas destinadas al mantenimiento o la recuperación de la tipología constructiva tradicional de los edificios que tienen un uso directamente relacionado con la actividad productiva asociada al sector primario.

h) Iniciativas públicas o privadas destinadas a suprimir barreras arquitectónicas a disminuidos y a ofrecer información sobre el Parque Nacional adaptada a dicho colectivo.

2. Con carácter general, cualquier iniciativa pública o privada consistente en inversiones expresamente prevista en los planes de desarrollo sostenible de los Parques Nacionales o en la Agenda 21 de cualquiera de los municipios que conforman su área de influencia socioeconómica.

Requisitos:

La justificación previa al pago de las ayudas deberá efectuarse, con fecha límite en el 31 de octubre del 2007 y en todo caso, en la fecha que figure en la Orden de resolución del Consejero de Medio Ambiente.

En la ejecución de la actividad subvencionada, se hará constar de acuerdo con las normas de identificación gráfica del Gobierno de Aragón, la procedencia y financiación de la misma, haciendo constar expresamente la financiación con cargo a los Presupuestos Generales del Estado. En las obras ya ejecutadas se instalará un cartel cuyo modelo se refleja en el Anexo II de esta Orden y que deberá permanecer colocado en lugar visible por un periodo de 5 años. En otro tipo de actuaciones se hará constar en los créditos la procedencia de la ayuda y su financiación.

El cartel deberá presentar en todo momento las adecuadas condiciones de imagen, obligándose el adjudicatario a mantenerlo en perfecto estado y reemplazarlo en caso que haya sufrido un deterioro significativo. Transcurridos los 5 años preceptivos, el cartel podrá ser retirado por el adjudicatario.

Documentos asociados

Boletín: 14/10/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 246
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 16/11/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 274
Documento: Corrección de errores de las Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 15/11/2006
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 132
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento