Cooperación Internacional para el Desarrollo por la que se convocan subvenciones en el ámbito de la acción humanitaria 2023.
Código de ayuda:
S19100/23Norma:
Resolución de 24 de marzo de 2023. Orden AUC/286/2022, de 6 de abril.Plazo de Solicitud:
Hasta el 2 de mayo de 2023.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente convocatoria tiene como objeto la financiación de proyectos en materia de acción humanitaria, tal y como establece el Artículo 2 del Real Decreto 794/2010, de 16 de junio, por el que se regulan las subvenciones y ayudas en el ámbito de la cooperación internacional, recogido asimismo en el artículo 1.3 de la Orden AUC/286/2022, de 6 de abril, por la que se establecen las bases para la concesión de subvenciones públicas en el ámbito de la cooperación internacional para el desarrollo. Se pueden presentar solicitudes en los países recogidos en Anexo 1.Categorías Subvención
- Asociacionismo y Voluntariado
- Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
Localización del organismo gestor
España
Convoca:
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y de Cooperación ( España)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe mínimo que se puede solicitar por proyecto es de 400.000 euros.El importe máximo que se puede solicitar por proyecto es de 800.000€.
El importe máximo de costes indirectos (costes que no precisan justificación) aplicable, es del 12% del importe de la subvención.
El personal en sede imputable a la subvención no podrá superar el 4,5 % del importe de la subvención.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Organizaciones no gubernamentales de desarrollo, las agrupaciones sin personalidad jurídica compuestas por entidades que cumplan los requisitos anteriores y entidades extranjeras (organizaciones locales) legalmente constituidas en el país o los países de ejecución de la intervención propuesta, que cumplan los requisitos.Requisitos:
- Haber obtenido de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo la acreditación como organización no gubernamental de desarrollo calificada, de acuerdo con el procedimiento establecido en la Orden por la que se regulan las bases para la concesión de subvenciones a organizaciones no gubernamentales de desarrollo, para la realización de intervenciones en materia de cooperación internacional para el desarrollo, dentro de cuya misión estatutaria se encuentre la acción humanitaria.- Haber obtenido una acreditación especial para intervenciones de carácter humanitario, de acuerdo al procedimiento establecido por la Dirección General European Civil Protection and Humanitarian Aid Operations de la Comisión Europea, mediante la firma de un Acuerdo Marco de Asociación con la Dirección
General European Civil Protection and Humanitarian Aid Operations de la Comisión Europea (Framework Partnership Agreement).
Cada entidad podrá presentar dos solicitudes.
Para que la solicitud se tenga por presentada, será obligatoria su cumplimentación y envío del formulario de solicitud, accesible desde la sede electrónica de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (www.aecid.gob.es), de forma telemática y su firma digital por el/la representante legal de la entidad.
Documentos asociados
Boletín:
08/04/2022
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 84
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 84
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
31/03/2023
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 77
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 77
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento
Boletín:
31/03/2023
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 77
Documento: Convocatoria 2023 (Completa) Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 77
Documento: Convocatoria 2023 (Completa) Descargar Documento