Corrección de errores de la ayuda - Ayudas compensatorias a determinada flota pesquera que faena en aguas adyacentes al Peñon de Gibraltar.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S37364/13

Norma:

Orden AAA/1805/2013, de 4 de octubre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 18/10/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer un régimen de ayudas al sector pesquero recogido en el artículo 3 y que ejerce su actividad en aguas adyacentes al Peñón de Gibraltar, según lo dispuesto en los artículos 17 y 23 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para compensar la pérdida de ingresos por restricción del acceso a su caladero tradicional.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) Consistirá en una cantidad fija por buque y mes determinada en función del número de tripulantes, con un limite máximo por buque para todo el periodo de ayudas de 30.000,00 €.

b) La cuantía por buque y mes será de un máximo de 500 euros, más un máximo de 187,25 euros por cada uno de los tripulantes enrolados en dicha embarcación.

c) Las ayudas se abonarán por meses vencidos.

d) Los propietarios o armadores, enrolados a bordo de las embarcaciones como tripulantes, contabilizarán como tal, a efectos del cálculo de la ayuda por buque, figurando en la relación de tripulantes que se debe indicar en la solicitud.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los propietarios o armadores de las embarcaciones pertenecientes a las Cofradías de Pescadores de Algeciras y de la Línea de la Concepción, y de la Asociación de Armadores Productores de Algeciras, así como aquellas otras que ejerzan su actividad en aguas adyacentes al Peñón de Gibraltar y que se vean afectados por la imposibilidad de faenar en una parte de esa zona por la
restricción del acceso a su caladero tradicional.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Compensar la pérdida de ingresos por restricción del acceso a su caladero tradicional.

Requisitos:

a) Encontrarse en situación de Alta en el Censo de Flota Pesquera Operativa de la Secretaría General de Pesca del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

b) Pertenecer a la tercera lista del Registro de buques y empresas navieras.

c) Estar en posesión de una licencia de pesca para las modalidades que correspondan.

d) Haber ejercido su actividad pesquera durante un periodo mínimo de 60 días en los 12 meses inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud de ayuda.

e) Estar al corriente de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.

f) No haber sido sancionado con la inhabilitación temporal o definitiva para recibir ayudas o subvenciones públicas por infracciones administrativas en materia de pesca marítima.

Documentos asociados

Boletín: 05/10/2013
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 239
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 29/01/2014
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 25
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento