Corrección de errores de las Subvenciones del Area Delegada de Bienestar Social e Igualdad del Ayuntamiento de Palma para la realizacion de actividades de Interes Social durante el año 2015, aprobada mediante Acuerdo de la Junta de Gobierno Municipal de 25 de febrero de 2015.- Convocatoria 2015.
Código de ayuda:
S09646/15Norma:
Palma de Mallorca, 26 de febrero de 2015.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 07/04/2015Finalidad u objetivo de la ayuda:
Constituye el objeto de la presente convocatoria pública la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro que realicen actividades de acción social configuradas dentro de un marco de prevención, asistencial, de promoción o rehabilitación de personas o colectivos con dificultades sociales.Categorías Subvención
- Asociacionismo y Voluntariado
- Educación y Ciencia
- Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
- Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor
Islas Baleares
Convoca:
Ayuntamiento de Palma de Mallorca (Islas Baleares)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Consultar según medida.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
Detalle beneficiarios:
Las entidades que cumplan los requisitos establecidos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Eje 2. El riesgo de exclusión social de los niños y de sus familias.Medida 2.2.-Las acciones comunitarias para favorecer y generar contextos preventivos.
Medida 2.3. - La prevención del abandono escolar.
Medida 2.5. - El apoyo socioeducativo a las familias con niños y jóvenes en situación de riesgo.
Medida 2.7. - El riesgo de exclusión de los jóvenes con déficits formativos y falta de trabajo.
Medida 2.10. – La incorporación social de las personas en situación de exclusión social y sus famílias potenciando los factores sociales, económicos, relacionales, formativos y laborales.
Requisitos:
Estar legalmente constituida de conformidad con la normativa vigente, registrada y activa a la fecha de inicio para la presentación de solicitudes.Estar debidamente inscritas, a la fecha de inicio para la presentación de solicitudes, en el Registro Unificado de Servicios Sociales regulado en el artículo 84 de la Ley 4/2009, de 11 de junio, de servicios sociales de las Islas Baleares. Para acreditar la inscripción se deberá presentar un certificado actualizado (del año 2014 o posterior) firmado por la administración competente. Únicamente, como excepción y de conformidad con el artículo 3 del Decreto de la CAIB 10/2013, de 28 de febrero, las entidades que en sus estatutos tengan como finalidad la atención a los drogodependientes o personas con otras adicciones no deberán cumplir con este requisito.
Tener capacidad jurídica y de obrar.
Ser una entidad sin ánimo de lucro.
Estar inscrita en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas de este Ayuntamiento en el momento de la presentación de la solicitud de subvención.
Estar al corriente de obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
Estar al corriente de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Palma.
No haber sido sancionado mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones de conformidad con esta u otras leyes que así lo establezcan.
No incurrir en ninguna de las demás circunstancias previstas en el artículo 6 de la Ordenanza Municipal General Reguladora de la concesión de subvenciones, así como el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
Disponer de la estructura y capacidad suficiente para garantizar el cumplimiento de los objetivos del proyecto presentado; a estos efectos se deberá presentar una declaración jurada.
Encontrarse al corriente de pago de las obligaciones por reintegro.
Documentos asociados
Boletín:
07/03/2015
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 33
Documento: Bases y Convocatoria 2015. Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 33
Documento: Bases y Convocatoria 2015. Descargar Documento
Boletín:
21/03/2015
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 40
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 40
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento