Corrección del plazo de solicitud de las Ayudas para la adecuacion, mejora, ampliacion y/o modernizacion de los locales comerciales y de servicios de Melilla.
Código de ayuda:
S00573/15Norma:
ORDEN N.º 5376 DE FECHA 22 DE DICIEMbRE DE 2014. En Melilla, a 28 de Enero de 2014. ORDEN N.º 103 DE FECHA 9 DE ENERO DE 2015.Plazo de Solicitud:
Hasta el día 31 de marzo de 2015.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Subvenciones para la realización de obras en locales comerciales y de servicios de Melilla.Categorías Subvención
- Comercio
- Creación nuevas empresas
- Inversiones Materiales y Equipos
Localización del organismo gestor
Melilla
Convoca:
Consejería de Economía y Hacienda (Melilla)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las microempresas entendidas como tales las definidas por la Unión Europea en la Recomendación de la Comisión, de 6 de mayo de 2003, sobre la definición de microempresas y pequeñas y medianas empresas. En la categoría de las Pyme, se define a una microempresa como una empresa que ocupa a menos de 10 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 2 millones de euros.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Creación de nuevas empresas: Aquellos proyectos de inversión que impliquen el inicio de una actividad empresarial.b) Ampliación y/o modernización: Aquellos proyectos de inversión que supongan el desarrollo de una actividad empresarial ya establecida o la iniciación de otras, relacionadas o no con la ya realizada por la empresa solicitante, siempre que supongan una mejora en las infraestructuras y servicios, o bien una modernización y/o especialización de los mismos.
Requisitos:
Las/os empresas/empresarios beneficiarias/os deberán tener local abierto al público en el ámbito territorial de aplicación definido en las bases Reguladoras.Igualmente no podrán obtener la condición de beneficiarios las personas o entidades en quienes concurra algunas de las circunstancias a que se refiere el artículo 13, apartado 2, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y artículo 27 del RD 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
No podrán presentar solicitud de subvención aquellas empresas que tengan concedidas subvenciones anteriores que estén pendientes de justificación.
Documentos asociados
Boletín:
31/01/2014
BOCME Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla- Nº 5100
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOCME Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla- Nº 5100
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
02/01/2015
BOCME Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla- Nº 5196
Documento: Convocatoria 2014. Descargar Documento
BOCME Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla- Nº 5196
Documento: Convocatoria 2014. Descargar Documento
Boletín:
16/01/2015
BOCME Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla- Nº 5200
Documento: Corrección Plazos Presentación. Descargar Documento
BOCME Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla- Nº 5200
Documento: Corrección Plazos Presentación. Descargar Documento