Corrección plazo solicitud de los Planes de reestructuracion y reconversion de viñedos en la Comunidad de Castilla y Leon y se convocan ayudas para la campaña viticola 2014/2015.
Código de ayuda:
S53137/14Norma:
ORDEN AYG/1030/2014, de 17 de noviembre. Real Decreto 548/2013, de 19 de julio.Plazo de Solicitud:
Hasta el día 23 de diciembre de 2014.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regular la aprobación de los planes de reestructuración y reconversión (o, simplemente, planes) de viñedos destinados únicamente a la producción de uvas de vinificación en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León, y se convocan ayudas para la campaña vitícola 2014/2015.Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural (Castilla y León)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Consultar según tipo de actuación subvencionable.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones y Cooperativas Agrarias
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Los viticultores que se integren en un plan colectivo o presenten un plan individual.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. La ayuda a la reestructuración y reconversión de viñedos será de aplicación a los viñedos que se destinen a la producción de uva de vinificación.2. Las actividades subvencionables son:
– La reimplantación de viñedos.
– La reconversión varietal del viñedo.
– La mejora de las técnicas de gestión de la explotación.
Requisitos:
– Deben cumplir con la normativa vigente en materia de plantaciones de viñedo para cualquiera de las superficies de viñedo de su explotación.– Deberán hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, incluidas las de la Comunidad de Castilla y León, y frente a la Seguridad Social.
– No podrán incurrir en ninguna de las demás circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
– Para que pueda justificar trabajos propios para la realización de las operaciones que así lo permitan, durante el período de realización de las mismas, el viticultor:
• Dispondrá de la maquinaria propia necesaria para la realización de las mismas, y, en aquellos casos que su registro sea obligatorio, deberá estar inscrita a nombre del solicitante en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola.
• Deberá: – Cotizar en la seguridad social agraria por cuenta propia si realiza los
trabajos personalmente.
– Tener contratado al menos un trabajador en la actividad agraria si realiza los trabajos mediante personal a su cargo. Si se trata de una persona jurídica, las actividades agrarias incluidas en la presente convocatoria estarán recogidas en su objeto social.
Documentos asociados
Boletín:
20/07/2013
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 173
Documento: Real Decreto 548/2013, de 19 de julio. Descargar Documento
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Documento: Real Decreto 548/2013, de 19 de julio. Descargar Documento
Boletín:
05/12/2014
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 235
Documento: Bases, Convocatoria 2014/2015 y Anexos. Descargar Documento
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Documento: Bases, Convocatoria 2014/2015 y Anexos. Descargar Documento
Boletín:
11/12/2014
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 238
Documento: Corrección Plazo Presentación. Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 238
Documento: Corrección Plazo Presentación. Descargar Documento