ENISA Emprendedores.
Código de ayuda:
S48091/14Plazo de Solicitud:
Abierta durante todo el año 2014.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Apoyar financieramente en las primeras fases de vida a las PYME promovidas por emprendedores, sin límite de edad, para que acometan las inversiones necesarias y lleven a cabo su proyecto.Categorías Subvención
- Creación nuevas empresas
- Financiación Preferente / Préstamos
Localización del organismo gestor
España
Convoca:
Enisa. Empresa Nacional de Innovación ( España)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
• Préstamo participativo• Importe mínimo: 25.000 €
• Importe máximo: 300.000 €
• Para la determinación del importe se valorará, entre otros factores, el nivel de fondos propios y la estructura financiera de la empresa.
• El tipo de interés se aplicará en dos tramos:
- Primer tramo: Euribor + 3,75% de diferencial.
- Segundo tramo: hasta un 8% máximo adicional en función de la rentabilidad financiera de la empresa.
• Comisión apertura: un 0,5%.
• Vencimiento: máximo 6 años.
• Carencia del principal: máximo 2 años.
• Comisión amortización anticipada: equivalente al importe que la cantidad amortizada anticipadamente hubiese devengado en concepto de segundo tramo de intereses si se hubiese amortizado en los términos previstos inicialmente.
• Comisión de vencimiento anticipado por cambio en el accionariado: equivalente al importe que el saldo por principal vivo del préstamo, en el momento de vencimiento anticipado, hubiese devengado en concepto de segundo tramo de intereses si el préstamo se hubiese amortizado en los términos previstos inicialmente.
• Amortización trimestral de intereses y principal.
• Sin garantías
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Los emprendedores que quieran crear empresas con una ventaja competitiva clara.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las inversiones necesarias y lleven a cabo su proyecto.Requisitos:
• Ser pyme conforme a la definición de la UE, y estar constituida como sociedad mercantil, como máximo en los 24 meses anteriores a la solicitud (excepcionalmente, durante este ejercicio, se considerará el cumplimiento de este requisito a 1 de enero de 2014).• Actividad principal y domicilio social en el territorio nacional.
• Modelo de negocio innovador/novedoso ó con claras ventajas competitivas.
• No estar enmarcada en el sector inmobiliario o financiero.
• Cofinanciación de las necesidades financieras asociadas al proyecto empresarial.
• Nivel de fondos propios, como mínimo, igual a la cuantía del préstamo solicitado a ENISA.
• Estructura financiera equilibrada.
• Profesionalidad en la gestión.
• Viabilidad técnica y económica del proyecto empresarial.
• Cuentas depositadas en Registro Mercantil del último ejercicio cerrado.