Incentivos a la contratacion laboral.- Convocatoria 2013.
Código de ayuda:
S32364/13Norma:
Resolución de 8 de agosto de 2013.Plazo de Solicitud:
Contratos del 15 de julio al 31 de agosto: Hasta 20/09/2013; Contratos del 1 al 30 de septiembre: Hasta 21/10/2013.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Aprobar las bases reguladoras del programa extraordinario de incentivos a la contratación laboral para el 2013.Categorías Subvención
Empleo
Localización del organismo gestor
![](https://www.infoayudas.com/images/detalle/5.png)
Convoca:
Consejería de Economía, Industria, Comercio y Autónomos. (Canarias)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
1. Se concederá una subvención por importe equivalente a los costes de seguridad social a cargo del empresario del trabajador contratado, con un máximo de seiscientos quince (615,00) euros al mes por contrato y durante seis mensualidades, cuantía ésta incrementada en un 15% en el caso de contrataciones de carácter indefinido.2. El importe de la subvención, a excepción del “contrato para la formación y el aprendizaje”,
se determinará por referencia a la base de cotización a la Seguridad Social del primer mes de vigencia del contrato respecto del cual se solicita la subvención y con arreglo a la siguiente escala:
Bases de cotización comprendidas entre Importe de la subvención mensual (€)
Contrato para la formación y el aprendizaje 200
700 y 1.000 € 255
1001 y 1.300 € 345
1.301 y 1.600 € 435
1.601 y 1.900 € 525
1.901 € en adelante 615
Las contrataciones de carácter indefinido que sean objeto de concesión de subvención verán incrementada su correspondiente cuantía en un 15%.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Asociaciones
- Autónomos
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Cualquier entidad, ya sea persona física, jurídica, así como también comunidad de bienes con capital íntegramente privado, que desarrolle una actividad empresarial acogida a cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social, que formalice nuevos contratos laborales de la tipologíaprevista en la base tercera.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
El programa extraordinario de incentivos a la contratación laboral para el 2013.Requisitos:
No podrán obtener la condición de beneficiarios las empresas en las que concurra alguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.Documentos asociados
Boletín:
19/08/2013
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 158
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 158
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento