Incentivos a la reorientación de actividades productivas para empresas fuertemente expuestas a la competencia internacional, y modificaciones.

Código de ayuda:

S10373/06

Norma:

Orden TRI/142/2006, de 23 de marzo. Orden TRI/366/2006, de 14 de julio. Orden TRI/539/2006, de 9 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

1er plazo, hasta el 3 de junio de 2006. 2º plazo, del 1 de septiembre al 31 de octubre de 2006.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar las bases reguladoras de incentivos a la reorientación de actividades productivas para empresas fuertemente expuestas a la competencia internacional y abrir la convocatoria para la presentación de solicitudes para el año 2006.

El CIDEM podrá otorgar ayudas a empresas cuya actividad principal presente riesgos de continuidad a medio o corto plazo debido al nuevo contexto de competencia, con el fin de reorientar sus actividades productivas con un cambio de la base competitiva, estratégica y estructural.

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Trabajo (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las pequeñas y medianas empresas, incluyendo las cooperativas y sociedades laborales, con establecimiento operativo en Cataluña y que tengan una actividad industrial o de servicios a la industria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Para los proyectos de cambio estratégico, tal y como se definen en el artículo 3 de esta Orden, se consideran subvencionables los gastos siguientes:
El asesoramiento externo para la realización del plan estratégico o del plan de negocio.
Viajes y estudios de referencia a centros tecnológicos, universidades y empresas.
El asesoramiento externo para la realización de estudios de mercado.

2. Para los proyectos de cambio estructural, tal y como se definen en el artículo 3 de esta Orden, se consideran subvencionables los gastos siguientes, vinculados exclusivamente a la nueva actividad:
Adquisición de maquinaria y equipamientos, siempre y cuando el beneficiario contribuya como mínimo en un 25% a su financiación y la inversión se mantenga en el mismo territorio durante como mínimo cinco años.
Gastos de asesoría externa vinculados exclusivamente a la nueva actividad y dirigidos a la gestión del proyecto de reorientación de la actividad, como la creación de marca propia, la creación de nuevos canales comerciales, la creación de producto propio de alto valor añadido inexistente hasta el momento, la realización de prototipos y pruebas de simulación y la realización de certificaciones y homologaciones de
producto.
Gastos de formación del personal específicos para adaptarse a la nueva actividad.
Se consideran subvencionables únicamente aquellos gastos de formación exclusivos de la nueva actividad y no aplicables a cualquier actividad habitual de la empresa.
En aquellos casos en que la implantación del cambio estructural implique la realización de un proyecto de investigación industrial o de desarrollo precompetitivo, se podrán subvencionar los gastos siguientes:
Gastos de personal (investigadores, técnicos y otro personal auxiliar), en la medida en que estén dedicados al proyecto de investigación o desarrollo.
Costes de instrumental y material, en la medida en que se utilicen para el proyecto de investigación o desarrollo y durante el tiempo que este dure.
Gastos de asesoramiento y similares utilizados exclusivamente para la actividad de investigación o desarrollo.
Otros gastos de funcionamiento, incluidos costes de material, suministros y productos similares, directamente relacionados con la actividad de investigación o desarrollo.

Documentos asociados

Boletín: 04/04/2006
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4607
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2006 Descargar Documento
Boletín: 24/07/2006
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4682
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 21/11/2006
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4765
Documento: Modificación Descargar Documento