Incentivos regionales para la promoción económica de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.
Código de ayuda:
S22164/15Norma:
Real Decreto 314/2015, de 24 de abril. Real Decreto 171/2008, de 8 de febrero. REAL DECRETO 899/2007, de 6 de julio. Real Decreto 303/2015, de 24 de abril. Orden HAC/1239/2020, de 21 de diciembre.Plazo de Solicitud:
Hasta el 31 de diciembre de 2021.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Con arreglo a lo dispuesto en el Real Decreto 899/2007, de 6 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de los incentivos regionales, de desarrollo de la Ley 50/1985, de 27 de diciembre, se delimita la zona de promoción económica de la Comunidad de Castilla y León, que comprende todo su territorio.Categorías Subvención
- Creación nuevas empresas
- Desarrollo Rural
- Inversiones Materiales y Equipos
- Turismo y Hostelería
Localización del organismo gestor
Castilla y León
Convoca:
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas (Castilla y León)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Los incentivos regionales que podrán concederse en dicha zona no podrán sobrepasar los porcentajes máximos sobre la inversión aprobada que se mencionan a continuación:a) En la provincia de Soria, del 15 por ciento para grandes empresas, del 25 por ciento para medianas empresas y del 35 por ciento para pequeñas empresas.
b) En las provincias de Ávila, Burgos, León, Palencia, Salamanca, Segovia, Valladolid y Zamora, del 10 por ciento para grandes empresas, del 20 por ciento para medianas empresas y el 30 por ciento para pequeñas empresas.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
a) Industrias transformadoras y servicios de apoyo a la producción que, respetando los criterios sectoriales establecidos por los organismos competentes, incluyan tecnología avanzada, presten especial atención a mejoras medioambientales y supongan una mejora significativa en la calidad o innovación de proceso o producto y, en especial, los que favorezcan la introducción de las nuevas tecnologías y la prestación de servicios en los subsectores de las tecnologías de la información y las comunicaciones y los que mejoren significativamente las estructuras comerciales.b) Establecimientos turísticos e instalaciones complementarias de ocio que, respetando los criterios sectoriales establecidos por los organismos competentes, posean carácter innovador especialmente en lo relativo a las mejoras medioambientales y que mejoren significativamente
el potencial endógeno de la zona.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) La promoción en la creación de empresas innovadoras y de base tecnológica que propongan inversiones basadas en proyectos de investigación, desarrollo e innovación (I + D + I) y, en general, en la innovación tecnológica, el diseño industrial y la mejora medioambiental.b) El impulso del potencial endógeno del territorio así como desarrollar y consolidar el tejido industrial en base a criterios de calidad, eficiencia, productividad y respeto al medio ambiente.
c) El fomento de la diversificación en los sectores de la producción y la distribución que aumenten el atractivo y el impulso de la actividad en el territorio.
Documentos asociados
Boletín:
08/03/2009
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 59
Documento: Bases y Convocatoria. Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 59
Documento: Bases y Convocatoria. Descargar Documento
Boletín:
29/04/2015
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 102
Documento: Modificación Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 102
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín:
29/04/2015
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 102
Documento: Modificación Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 102
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín:
23/12/2020
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 334
Documento: Ampliación plazo vigencia Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 334
Documento: Ampliación plazo vigencia Descargar Documento