Indemnizaciones por sacrificio obligatorio o muerte de animales afectados por la enfermedad de la Lengua Azul.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S12046/09

Norma:

Resolucion de 9 de febrero de 2009. Resolucion de 11 de febrero de 2010. Resolución de 27 de enero de 2011.

Plazo de Solicitud:

15 días naturales, contados a partir del día siguiente a la muerte del animal; hasta el 31 de diciembre de 2011.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La convocatoria de concesión de indemnizaciones por sacrificio obligatorio o muerte de animales afectados por la enfermedad de la Lengua Azul.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Medio Rural y Pesca (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

- Los baremos de indemnización para el sector ovino y caprino son los que se establecen a continuación, calculados por unidad afectada y en función de su categoría:

Sector / Tipificación / Valor

Ovino

Aptitud lechera / 115,72 €.

Aptitud cárnica / 96,05 €.

Mayor de 5 años / 54,02 €.

Menor / 54,09 €.

Caprino

Aptitud lechera / 92,04 €.

Aptitud cárnica / 73,37 €.

Mayor de 5 años / 46,38 €.

Menor / 54,09 €.

- El baremo de indemnización para el ganado bovino es el que se establece a continuación, calculado por unidad en función de su edad:

Tipificación / Valor

Hasta 3 meses de edad / 240 €.

Desde 3 meses y un día hasta 12 meses / 465 €.

Desde 12 meses y un día hasta 24 meses / 645 €.

Desde 24 meses y un día hasta 5 años / 740 €.

Desde 5 años y un día hasta 10 años / 540 €.

Mayores de 10 años / 300 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas o entidades que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El sacrificio o pérdida de animales de especies sensibles fallecidos por causa de la lengua azul o de
reacciones a la vacunación o por sacrificio obligatorio.

Requisitos:

a) Aquellas personas físicas o jurídicas que sean titulares de explotaciones ganaderas en el Principado de Asturias.

Las explotaciones cuya titularidad ostente el beneficiario deberán estar adecuadamente inscritas en el registro de explotaciones ganaderas (REGA).

b) No haber sido objeto de sanción firme en vía administrativa en los últimos dos años en materia de Sanidad Animal.

c) Que hayan sufrido en su explotación la muerte o el sacrificio obligatorio de algún animal a causa de la enfermedad de la Lengua Azul.

No obstante, no podrán ser beneficiarios de estas ayudas los solicitantes que estuviesen incursos en alguna de las prohibiciones recogidas en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, o que fuesen deudores del Principado de Asturias por deudas, vencidas, líquidas y exigibles.

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