Iniciativa Voluntarios de Ayuda de la UE: Asistencia tecnica a las organizaciones de envio - Desarrollo de las capacidades para la ayuda humanitaria de las organizaciones de acogida.
Código de ayuda:
S02719/15Norma:
EACEA 03/2015.Plazo de Solicitud:
antes de las 12:00 horas (mediodía, hora de Bruselas) del 1.4.2015 para el primer plazo, y del 1.9.2015 para el segundo plazo.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Reforzar las capacidades de las organizaciones de envío y de acogida que desean participar en la iniciativa Voluntarios de Ayuda de la UE, y velar por el cumplimiento de las normas y losprocedimientos relativos a los candidatos a voluntarios y a los Voluntarios de Ayuda de la UE.
Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
Localización del organismo gestor

Convoca:
Comisión Europea ( Unión Europea)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe máximo de la subvención será de 700 000 EUR. No se considerará la financiación de solicitudes de subvención inferiores a 100 000 EUR. La Agencia espera financiar 20 propuestas.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
— Organizaciones no gubernamentales sin ánimo de lucro constituidas de conformidad con el Derecho de un Estado miembro y cuya sede se encuentre en el territorio de la Unión.— Organismos de Derecho público de carácter civil que se rijan por el Derecho de un Estado miembro.
— La Federación internacional de las Organizaciones nacionales de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Se reforzarán las capacidades de hasta 100 organizaciones de envío y de acogida en los ámbitos siguientes:— Gestión del riesgo de catástrofes, preparación y respuesta en caso de catástrofe, y refuerzo del vínculo entre la ayuda de emergencia, la rehabilitación y el desarrollo.
— Gestión de voluntarios con arreglo a las normas y procedimientos establecidos para la gestión de los candidatos a voluntarios y de los Voluntarios de Ayuda de la UE.
— Refuerzo del voluntariado local en terceros países.
— Capacidades para obtener la certificación, incluida la capacidad administrativa.
— Herramientas y métodos de evaluación de las necesidades a escala local.
— Creación de asociaciones para el desarrollo de proyectos conjuntos en el contexto de la iniciativa Voluntarios de Ayuda de la UE.
— Comunicación de los principios de la ayuda humanitaria de la Unión con arreglo a lo acordado en el Consenso europeo sobre la ayuda humanitaria y refuerzo de los niveles de conocimiento y visibilidad de la ayuda humanitaria.
Requisitos:
Solo serán subvencionables las entidades jurídicas con sede en los siguientes países:— Los Estados miembros de la Unión Europea: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, República Checa, Reino Unido, Rumanía y Suecia.
Documentos asociados
Boletín:
20/01/2015
DOCE Diario Oficial de las Comunidades Europeas- Nº 12
Documento: Convocatoria de Propuestas. Descargar Documento
DOCE Diario Oficial de las Comunidades Europeas- Nº 12
Documento: Convocatoria de Propuestas. Descargar Documento