Iniciativa de modernizacion de destinos turisticos maduros - Convocatoria 2009.

Código de ayuda:

S00782/09

Norma:

Real Decreto 1916/2008, de 21 de noviembre. Resolucion de 8 de julio de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/11/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular la iniciativa de modernización de destinos turísticos maduros, en desarrollo de lo dispuesto en la disposición adicional cuadragésima tercera de la Ley 42/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2007, que fue modificada por la disposición final decimocuarta, apartado dos, de la Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2008.

Categorías Subvención

  • Financiación Preferente / Préstamos
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Industria, Comercio y Turismo ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Las entidades que integran la administración local, consorcios locales o asociaciones de municipios en el plazo de ejecución de la ultima anualidad del plan, incluyendo las prorrogas del mismo si las hubiere, siempre que hayan ejecutado y presentado debidamente la justificación de las anualidades anteriores con anterioridad a la fecha de cierre de la correspondiente convocatoria.

b) También podrán acogerse a estas ayudas aquellas entidades cuyos planes hayan finalizado con posterioridad al cierre de la convocatoria inmediatamente anterior a aquella a la que quieren concurrir, siempre que hayan ejecutado en su totalidad todas las actuaciones del plan, y presentado debidamente la justificación de todas las anualidades, con anterioridad a la fecha de cierre de la convocatoria a la que concurren.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Podrán ser objeto de financiación los proyectos de inversión públicos que se ejecuten en destinos turísticos maduros por parte de las entidades locales.

2. Serán financiables aquellos proyectos orientados a la reforma o rehabilitación de los equipamientos turísticos municipales o los entornos urbanos y naturales del destino, los cuales podrán contener una o varias de las siguientes actuaciones:

a) Construcción, ampliación, renovación, o remodelación de infraestructuras públicas municipales.

b) Instalación, sustitución o reparación de equipamientos turísticos.

c) Establecimiento, ampliación o mejora de servicios públicos municipales que mejoren la oferta turística.

d) Inversiones dirigidas a recuperar la calidad ambiental y paisajística de los destinos y a reducir la densidad urbanística de las zonas turísticas.

e) También se podrá incluir como inversión, el estudio, la creación de producto turístico o la promoción de destinos turísticos, por un importe máximo que no exceda del 15 por ciento de la inversión neta, siempre que estos conceptos estén ligados al resto de la inversión.

3. En ningún caso serán financiables reestructuraciones de pasivo o refinanciaciones, IVA u otros impuestos ligados a la inversión, ni proyectos ya ejecutados.

Documentos asociados

Boletín: 03/01/2009
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 3
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 14/07/2009
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 169
Documento: Convocatoria 20009 y Anexos Descargar Documento