Línea Directa de Expansión (LIC A).

Código de ayuda:

S64200/20

Plazo de Solicitud:

Permanecerá abierto con carácter permanente durante todo el año.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Potenciar la innovación en determinadas regiones españolas, mejorando las capacidades de empresas que propongan planes de inversión que faciliten su crecimiento. Concretamente: ayudas a la inversión inicial y a la inversión inicial en favor de una nueva actividad económica para potenciar el crecimiento de empresas innovadoras.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Exportación / Internacionalización
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Presupuesto mínimo: 175.000 euros.

Presupuesto máximo: 30.000.000 euros.

Duración: entre 6 meses y 18 meses.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán tener la condición de beneficiarios de las ayudas las empresas que estén válidamente constituidas, tengan personalidad jurídica propia y domicilio fiscal en España, y desarrollen un proyecto de inversión en las regiones asistidas mencionadas anteriormente.

Sólo podrán ser beneficiarias las pymes en las siguientes regiones: Aragón (se excluye Zaragoza capital), Asturias, Islas Baleares (parcialmente), Cantabria, Castilla y León, Cataluña (parcialmente), Ciudad Autónoma de Ceuta, Comunidad de Madrid (parcialmente), Comunidad Valenciana (se excluye Valencia capital), Galicia, Navarra (parcialmente), La Rioja (parcialmente) y País Vasco (parcialmente).

En el resto de las regiones asistidas no se considerará el tamaño de la empresa para poder ser beneficiaria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

- Ayudas a la inversión inicial, entendiendo como tal la inversión en activos materiales e inmateriales relacionada con:

o La creación de un nuevo establecimiento,

o La ampliación de la capacidad de un establecimiento existente,

o La diversificación de la producción de un establecimiento en productos que anteriormente no se producían en el mismo, o o Una transformación fundamental del proceso global de producción de un establecimiento existente, y

- Ayudas a la inversión inicial en favor de una nueva actividad económica, entendiendo como tal la inversión en activos materiales e inmateriales relacionada con:

o La creación de un nuevo establecimiento, o

o La diversificación de la actividad de un establecimiento, siempre y cuando la nueva actividad no sea una actividad idéntica o similar a la realizada anteriormente en el establecimiento.

Documentos asociados

Boletín: 30/07/2020
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 1
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento