Linea de ayudas en forma de garantia para la financiacion de circulante para empresas que realicen proyectos de innovacion e internacionalizacion.- Convocatoria 2012.
Código de ayuda:
S22564/12Norma:
ORDEN EMO/158/2012, de 7 de junio.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 31/12/2012Finalidad u objetivo de la ayuda:
La financiación de circulante para empresas que realicen proyectos de innovación e internacionalización.Categorías Subvención
Exportación / Internacionalización
Financiación Preferente / Préstamos
I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Empresa y Empleo (Cataluña)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las empresas con sede social o sede operativa en Cataluña.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
El Departamento de Empresa y Empleo responderá del 70% del principal pendiente de cada préstamo formalizado a través del ICF, de acuerdo con la correspondiente adenda al convenio para constituir un fondo de provisiones con cargo al presupuesto del Departamento de Empresa y Empleo. Previamente a la aprobación del préstamo por parte del ICF, ACC1Ó deberá haber emitido una resolución respecto a la elegibilidad del proyecto.Las condiciones de los préstamos son:
a) Tipo de interés: el tipo de interés será el euribor más un diferencial de 5 puntos porcentuales.
b) Importe: el importe mínimo del préstamo será de 100.000 euros y el máximo
de 600.000 euros, de acuerdo con lo que estipule cada certificado de elegibilidad.
En casos excepcionales fruto de la situación específica de la empresa y a propuesta del ICF, el importe máximo de préstamo podría alcanzar el 1.000.000 de euros.
c) Plazo: el plazo máximo del préstamo es de 3 años.
d) Carencia de amortización: 1 año, incluido en el plazo.
e) Desembolso: el préstamo se dispondrá íntegramente en el momento de la
firma.
f) Garantías: las que el ICF estime adecuadas y suficientes. Adicionalmente,
todas las operaciones formalizadas contaran con el aval del ICF, por el 70% del riesgo vivo de cada operación.
g) Comisiones: las operaciones tendrán una comisión de apertura del 0,75% del
importe del préstamo formalizado.
Documentos asociados
Boletín:
19/06/2012
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6152
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2012 Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6152
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2012 Descargar Documento