Linea de prestamos para la adquisicion de maquinaria agricola que incorpore nuevas tecnologias, y se convoca la correspondiente al año 2011.

Código de ayuda:

S26000/11

Norma:

ORDEN AAM/75/2011, de 27 de abril.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 06/06/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer una línea de ayudas en forma de préstamos para fomentar inversiones en explotaciones agrarias para la adquisición de maquinaria agrícola que incorpore nuevas tecnologías.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Financiación Preferente / Préstamos

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima del préstamo otorgado será de hasta el 100% de la inversión auxiliable, del que se bonificará el 100% de los intereses, con una inversión máxima de 240.000,00 euros por beneficiario/aria y año.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas y jurídicas, titulares de explotaciones agrarias, ubicadas en el ámbito de Cataluña que reúnan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La adquisición de maquinaria agrícola que establece el DAAM con la finalidad de introducir nuevas tecnologías, que se detallan a continuación, con la numeración correspondiente al código que establece
la norma ISO 3339/0:

- Máquinas combinadas para el trabajo del suelo (03.2.07).

- Sembradoras de siembra directa (hilera) (04.1.01).

- Sembradoras de siembra directa (monograno) (04.1.02).

- Sembradoras combinadas (04.1.05).

- Plantadoras guiadas por láser (04.2).

- Trasplantadoras guiadas por láser (04.3).

- Equipos de transplante de alimentación automática (04.3.01.2).

- Plastitrasplantadoras (04.3.03).

- Máquinas para el cultivo regletas.

- Esparcidores de estiércoles (05.2.01).

- Inyectores de purines (estiércol líquido y semilíquido) (05.2.04).

- Distribuidores de fertilizantes sólidos (05.3.01).

- Distribuidores de fertilizantes líquidos (05.3.02).

- Equipos de prepodadoras (06.1.03.3).

- Hileradora de residuos de poda (06.1.03.4).

- Picadoras de residuos de cosecha y de poda (06.1.03.5).

- Equipos para la distribución de productos fitosanitarios (06.3.03).

- Equipos para despampanar la viña.

- Segadoras de márgenes.

- Máquinas para la aclaración de la flor.

- Equipos de siega y acondicionamiento (07.1.02).

- Rastrillos hileradores (07.1.04).

- Picadoras cargadoras (07.1.05).

- Embaladoras de grandes balas paralelepipédicas (07.1.06.3).

- Rotoembaladoras (07.1.06.4).

- Envolvedoras de balas cilíndricas (07.1.07).

- Remolque autocargador de forraje (07.1.08.2).

- Cargadores automotores de forraje (07.1.08.3).

- Equipos de recolección de grano y semillas (07.2).

- Equipos de recolección de patatas (07.3.01).

- Equipos de recolección de hortalizas de raíz (07.3.03).

- Equipos de recolección de rizomas, bulbos y tubérculos (07.3.05).

- Vibradores (07.5.01).

- Plataformas de recolección autopropulsadas (07.5.03).

- Cosechadoras de fruta del suelo (07.5.04).

- Equipos para la recolección de uva (vendimiadoras) (07.5.06).

- Máquinas para la recolección de hortalizas de hoja (07.6.02).

- Máquinas para la recolección de hortalizas de fruto (07.6.03).

- Cosechadoras autopropulsadas de olivas.

- Cargadores autopropulsados (09.1.03).

- Sistemas para la aplicación variable de entradas (input).

- Sensores locales y remotos.

- Sistemas de apoyo a la decisión.

Sistemas de geoposicionamiento global y sistemas de autoguiado de tractores y máquinas agrícolas.

- Desensiladoras (10.3.11).

- Remolques para la preparación y distribución de alimentos (unifeed) (10.4.03).

- Fresadoras para el medio acuático.

- Tractores agrícolas con estructura de protección homologada.

Requisitos:

a) Tener la condición de microempresa, pequeña y mediana empresa (pyme) de acuerdo con la definición establecida en el anexo I del Reglamento (CE) núm. 800/2008, de la Comisión, de 6 de agosto, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE (Reglamento general de exención por categorías) (DOUE núm. 30, de 31.1.2009).

b) En caso de tratarse de una persona física, debe estar dada de alta en el régimen agrario correspondiente de la Seguridad Social.

c) Cumplir las normas mínimas en materia de medio ambiente, higiene y bienestar de los animales, de acuerdo con el Reglamento (CE) núm. 73/2009, del Consejo, de 19 de enero, por el que se establecen disposiciones comunes aplicables a los regímenes de ayudas directas a los agricultores en el marco de la política agrícola común y se instauran determinados regímenes de ayuda a los agricultores y por el que se modifican los Reglamentos (CE) núm. 1290/2005, (CE) núm. 247/2006, (CE) núm. 378/2007 y se deroga el Reglamento (CE) núm. 1782/2003 (DOUE núm. 30, de 31.1.2009).

d) No encontrarse en situación de crisis de acuerdo con la definición recogida en el apartado 7, del artículo 1 del Reglamento (CE) núm. 800/2008, de la Comisión, de 6 de agosto.

e) No estar pendientes de una orden de recuperación a raíz de una decisión previa de la Comisión que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.

f) No incurrir en ninguno de los supuestos del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 06/05/2011
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5873
Documento: Bases y Convocatoria 2011. Descargar Documento