Medida de promocion de productos vinicolas en los mercados de terceros paises y se convoca la correspondiente a la campaña 2015-2016.

Código de ayuda:

S04628/15

Norma:

ORDEN AAM/19/2015, de 29 de enero. Real decreto 1079/2014, de 19 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 14 de febrero de 2015.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer el procedimiento de la medida de soporte de información y promoción en mercados de terceros países de los productos vitivinícolas detallados en el apartado 2 de estas bases reguladoras, con el fin de mejorar su competitividad.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Comercio
  • Exportación / Internacionalización

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de ayuda por beneficiario no podrá superar el 5% del presupuesto destinado a la medida en la ficha financiera del programa de apoyo para el ejercicio correspondiente.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Empresas vinícolas.

b) Organizaciones de productores, asociaciones de organizaciones de productores y organizaciones interprofesionales definidas en los artículos 152, 156 y 157 del Reglamento (UE) núm. 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, y que tengan entre sus finalidades el desarrollo de iniciativas en materia de promoción y comercialización del vino.

c) Órganos de gestión de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas vínicas.

d) Asociaciones de exportadores y consorcios de exportación participados exclusivamente por empresas del sector vitivinícola.

e) Entidades asociativas sin finalidad de lucro participadas exclusivamente por empresas del sector vitivinícola, que tengan entre sus objetivos la promoción exterior de los vinos.

f) Las cooperativas de segundo o ulterior grado que comercialicen vinos elaborados por sus bodegas cooperativas asociados.

h) Asimismo, y en caso de existir suficiente disponibilidad de presupuesto después de la aprobación de los programas correspondientes al tipo de beneficiarios antes indicados, podrán considerarse también beneficiarios los organismos públicos con competencia legalmente establecida para desarrollar actuaciones de promoción de productos y mercados en terceros países.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Vinos con denominación de origen protegida.

b) Vinos con indicación geográfica protegida.

c) Vinos en los que se indique la variedad de uva para vinificar.

Documentos asociados

Boletín: 20/12/2014
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 307
Documento: Real Decreto 1079/2014, de 19 de diciembre. Descargar Documento
Boletín: 04/02/2015
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6803
Documento: Bases y Convocatoria 2015. Descargar Documento