Medidas complementarias al Régimen de Incentivos Agroindustriales Extremeños en el ámbito de Extremadura.
Código de ayuda:
S19037/04Norma:
Decreto 88/2004, de 15 de junio y Orden de 9 de agosto de 2004.Plazo de Solicitud:
Vigencia hasta 2006. Plazo según Convocatoria anual: para 2004, hasta 16/10/04.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Promover la creación de empleo de calidad y la Iniciativa de Apoyo directo al tejido productivo, estableciendo una atención especial para las iniciativas emprendidas por determinados colectivos, a través de medidas complementarias incorporadas en el Decreto 96/2001, de 13 de junio.Categorías Subvención
Creación nuevas empresas
Empleo
Inversiones Materiales y Equipos
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Economía y Trabajo (Extremadura)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Sin especificar, pero el importe mínimo del proyecto de inversión a realizar será de 10.000 euros.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas y jurídicas que lleven a cabo las acciones subvencionables.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los siguientes proyectos promocionables:a) De creación de nuevas empresas: aquéllos que den origen al inicio de la actividad empresarial con la consiguiente creación de puestos de trabajo indefinidos netos que ello conlleve.
b) De ampliación-modernización de centros productivos existentes: aquéllos que supongan una ampliación del establecimiento existente o el lanzamiento de una actividad que implique un cambio fundamental en el producto o el procedimiento de producción de un establecimiento existente, siempre que se creen nuevos puestos de trabajo de carácter indefinido.
c) De traslado de centros productivos existentes: aquéllos que impliquen inversiones asociadas al traslado de instalaciones de empresas desde el caso urbano hasta un polígono industrial o terrenos similares del término municipal, o entre distintas localidades.
Gozarán de prioridad aquellos proyectos que generen mayor empleo neto y especialmente los que sean promovidos por mujeres, jóvenes, discapacitados y por quienes acrediten la condición de desempleados de larga duración.
No se considerará creación de empleo el mero traspaso de trabajadores entre empresas vinculadas.
Requisitos:
Sin especificar.Documentos asociados
Boletín:
22/06/2004
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 71
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 71
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
16/09/2004
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 108
Documento: Convocatoria 2004 Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 108
Documento: Convocatoria 2004 Descargar Documento