Medidas complementarias al Régimen de Incentivos Agroindustriales Extremeños en el ámbito de Extremadura.

Código de ayuda:

S19037/04

Norma:

Decreto 88/2004, de 15 de junio y Orden de 9 de agosto de 2004.

Plazo de Solicitud:

Vigencia hasta 2006. Plazo según Convocatoria anual: para 2004, hasta 16/10/04.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Promover la creación de empleo de calidad y la Iniciativa de Apoyo directo al tejido productivo, estableciendo una atención especial para las iniciativas emprendidas por determinados colectivos, a través de medidas complementarias incorporadas en el Decreto 96/2001, de 13 de junio.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Empleo
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Economía y Trabajo (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Sin especificar, pero el importe mínimo del proyecto de inversión a realizar será de 10.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas y jurídicas que lleven a cabo las acciones subvencionables.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los siguientes proyectos promocionables:
a) De creación de nuevas empresas: aquéllos que den origen al inicio de la actividad empresarial con la consiguiente creación de puestos de trabajo indefinidos netos que ello conlleve.
b) De ampliación-modernización de centros productivos existentes: aquéllos que supongan una ampliación del establecimiento existente o el lanzamiento de una actividad que implique un cambio fundamental en el producto o el procedimiento de producción de un establecimiento existente, siempre que se creen nuevos puestos de trabajo de carácter indefinido.
c) De traslado de centros productivos existentes: aquéllos que impliquen inversiones asociadas al traslado de instalaciones de empresas desde el caso urbano hasta un polígono industrial o terrenos similares del término municipal, o entre distintas localidades.

Gozarán de prioridad aquellos proyectos que generen mayor empleo neto y especialmente los que sean promovidos por mujeres, jóvenes, discapacitados y por quienes acrediten la condición de desempleados de larga duración.
No se considerará creación de empleo el mero traspaso de trabajadores entre empresas vinculadas.

Requisitos:

Sin especificar.

Documentos asociados

Boletín: 22/06/2004
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 71
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 16/09/2004
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 108
Documento: Convocatoria 2004 Descargar Documento