Medidas de Acompañamiento del Programas Sócrates (Acción 8).
Código de ayuda:
S15382/05Plazo de Solicitud:
Candidatura para Medidas de Acompañamiento: 2 de mayo de 2005.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Las medidas de acompañamiento apoyan diversas actividades que, aunque no sean admisibles en las acciones principales, contribuyen a realizar los objetivos del programa.Los proyectos financiados han de buscar:
- sensibilizar a los grupos de interés o al público en general sobre el programa Sócrates o, de manera más amplia, sobre la importancia de la cooperación europea en el ámbito de la educación (conferencias, seminarios);
- contribuir a una mejor aplicación del programa Sócrates, especialmente a través de la formación sobre la gestión de proyectos o sobre la supresión de obstáculos;
- optimizar los resultados de la cooperación europea en el campo de la educación, mediante la difusión de los materiales y de los métodos que resulten de dicha cooperación;
- fomentar las sinergias entre sectores, esto es, entre las acciones del programa Sócrates, por ejemplo, mediante actividades que agrupen proyectos financiados a través de Comenius, Erasmus, Grundtvig, Lingua, Minerva, etc.;
- acometer las prioridades horizontales del programa Sócrates, en particular, la promoción de la igualdad de oportunidades, la educación intercultural y la lucha contra el racismo.
Categorías Subvención
- Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
- Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
- Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
- Audiovisual, Prensa y Publicaciones
- Educación y Ciencia
- Equipamientos informáticos y Tecnología
- Inversiones Materiales y Equipos
- Juventud
Localización del organismo gestor
Unión Europea
Convoca:
Oficina de Asistencia Técnica Sócrates, Leonardo y Juventud ( Unión Europea)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Asociaciones
- Autónomos
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
El Programa Sócrates va dirigido especialmente a:a) los alumnos, los estudiantes universitarios u otras personas en formación;
b) el personal que actúa directamente en el ámbito de la enseñanza;
c) todos los tipos de centros de enseñanza especificados por cada Estado miembro;
d) las personas y organismos responsables de los sistemas y políticas de educación a nivel local, regional y nacional en los Estados miembros.
Podrán participar en acciones apropiadas del programa, a modo de apoyo organismos públicos o privados que cooperen con centros de enseñanza, en particular:
— las entidades y organismos locales y regionales,
— los organismos de carácter asociativo que trabajen en el ámbito de la educación, incluidas las asociaciones de alumnos de estudiantes universitarios, de profesores y de padres,
— las empresas, agrupaciones de empresas, organizaciones profesionales y cámaras de comercio y de industria,
— los interlocutores sociales y sus organismos a todos los niveles,
— los centros y organismos de investigación.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Gastos de personalLos gastos de personal se refieren a todo pago hecho a cualquier persona adscrita a un organismo miembro de la asociación
o que trabaja de manera regular o recurrente para el proyecto (sin importar su estatuto).
2. Gastos de viaje y estancia
Sólo se considerarán elegibles los viajes y estancias directamente relacionados con el proyecto y pertinentes para el desempeño de actividades precisas y claramente identificables ligadas a la ejecución del proyecto.
3. Gastos relacionados con la compra, alquiler con opción a compra o alquiler de hardware y equipo
Los gastos de adquisición, por medio de compra, alquiler con opción a compra (leasing) o alquiler, de hardware y demás equipos son elegibles únicamente si tal adquisición resulta absolutamente necesaria para llevar a cabo el proyecto.
4. Gastos de subcontratación, asesoramiento y contratación de expertos independientes adicionales
Si el beneficiario debe sellar contratos de subcontratación para la realización del proyecto y los gastos correspondientes se
computan en una de las partidas de gastos elegibles de acuerdo con el presupuesto previsto, invitará a subcontratistas potenciales a licitar en convocatorias de ofertas, al término de las cuales adjudicará el contrato a la oferta más ventajosa económicamente, esto es, a la oferta que proponga la mejor relación precio/calidad.
5. Conferencias y seminarios
Todos los gastos relacionados con las conferencias y seminarios cubiertos por la ayuda, o la parte del proyecto para la cual se solicita dicha ayuda.
6. Otros gastos directos
Los apartados específicos de gastos elegibles en esta partida incluyen:
• La contratación de salas de conferencia o instalaciones para la formación, siempre y cuando sea estrictamente necesaria para materializar los objetivos del proyecto.
• Los gastos de producción, traducción y publicación de documentos, cuando estas actividades vayan a ser realizadas por uno
de los organismos miembros de la asociación.
• Los gastos de comunicación (p. ej., conexión a Internet) en casos debidamente justificados para los proyectos cuyas
actividades requieran un uso muy intensivo de comunicaciones.
7. Gastos generales (indirectos)
En esta partida se incluirán todos los gastos generales relacionados con la gestión del proyecto:
• gastos de comunicación (franqueo, fax, teléfono, buzoneo, etc.);
• gastos de infraestructura (renta, electricidad, etc.) de las instalaciones donde se realice el proyecto; serán proporcionales al
uso que se haga de las dependencias en el marco del proyecto;
• material y artículos de oficina;
• fotocopias.
Documentos asociados
Boletín:
00/00/0000
Otro- Nº Web de la Unión Europea
Documento: Candidatura para Medidas de Acompañamiento Descargar Documento
Otro- Nº Web de la Unión Europea
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Boletín:
03/02/2000
DOCE Diario Oficial de las Comunidades Europeas- Nº L28
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DOCE Diario Oficial de las Comunidades Europeas- Nº L28
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