Medidas urgentes en materia de vivienda.
Código de ayuda:
S09673/20Norma:
Decreto ley 3/2020, de 28 de febrero.Plazo de Solicitud:
Sin especificar.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Este Decreto Ley tiene por objeto la adopción de medidas urgentes para facilitar la promoción, la construcción, la implantación o el uso de viviendas de titularidad pública en las Illes Balears con el fin de contribuir a la efectividad del derecho a la vivienda reconocido en la Constitución Española y en el Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, de acuerdo con los principios establecidos en el artículo 2.1 de la Ley 5/2018, de 19 de junio, de la vivienda de las Illes Balears.Categorías Subvención
- Corporaciones Locales
- Vivienda y Urbanismo
Localización del organismo gestor
Islas Baleares
Convoca:
Gobierno de las Islas Baleares (Islas Baleares)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Instituto Balear de la Vivienda (IBAVI).¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Las viviendas protegidas públicas, que son las construidas sobre suelo de titularidad pública destinadas a residencia habitual de personas o familias cuyas circunstancias socioeconómicas les impidan o dificulten satisfacer su derecho constitucional a disfrutar de una vivienda digna y adecuada en las condiciones establecidas por el mercado residencial de vivienda libre.b) Los alojamientos dotacionales, que son dotaciones públicas destinadas a resolver de forma transitoria mediante el pago de una renta o canon la necesidad de vivienda de personas o unidades de convivencia. Se destinarán de forma preferente a colectivos especialmente vulnerables conforme a lo establecido en el artículo 3 de la Ley 5/2018, de 19 de junio, de la vivienda de las Illes Balears, y, en especial, a los jóvenes, a los mayores y a las personas con necesidades sociales derivadas de la violencia de género y
de procesos de desahucio o análogos, sin que en ningún caso puedan ser destinadas a residencia habitual o permanente de los beneficiarios.
Documentos asociados
Boletín:
05/03/2020
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 28
Documento: Medidas Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 28
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