Modificación de las Ayudas destinadas a la contratacion de personas jovenes desempleadas en empresas vascas. Programa Lehen Aukera.- Convocatoria 2014.
Código de ayuda:
S41064/14Norma:
RESOLUCIÓN de 30 de julio de 2014. RESOLUCIÓN de 30 de septiembre de 2014. RESOLUCIÓN de 24 de octubre de 2014.Plazo de Solicitud:
Contratos en prácticas: Hasta el día 14/11/2014; Captación, registro y gestión ofertas trabajo: Hasta 30/12/2014.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las bases y regular las ayudas a conceder en el ejercicio 2014, destinadas a la contratación en prácticas, de personas jóvenes, en situación de desempleo y sin previa o escasa experiencia laboral en empleos relacionados con su titulación, por las empresas vascas previstas en el artículo 4, como medida para favorecer la mejora de su empleabilidad, a través de la adquisición de experiencia profesional, y de consolidar su inserción laboral.Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Corporaciones Locales
Empleo
Juventud
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Empleo y Políticas Sociales (País Vasco)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
1.– El importe subvencionado por cada contrato se determinará en función del salario bruto de cada contrato del siguiente modo:(VÉASE EL .PDF)
Las cuantías de subvención mencionadas se refieren a contratos a jornada completa. En el supuesto de contratos a tiempo parcial, se ajustarán los importes en proporción a la jornada.
Estas cuantías se incrementarán en un 10%, en el supuesto de contratos de, al menos, 12 meses de duración.
2.– Así mismo, los centros colaboradores a que se refiere el artículo 4.3 percibirán por cada contrato subvencionado al amparo de la presente convocatoria, que derive de la captación, registro y gestión de la oferta correspondiente:
– 120 euros, el centro colaborador que haya captado y registrado la oferta.
– 80 euros, el centro colaborador que haya gestionado la oferta.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Ayuntamientos/Municipios
- Comunidades de bienes / propietarios
- Empresas (más de 250 empleados)
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
- Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza
Detalle beneficiarios:
Las empresas privadas, cualquiera que sea su forma jurídica, los/as empresarios/as individuales, las comunidades de bienes y sociedades civiles, así como las Asociaciones y Fundaciones, que cumplan las condiciones generales previstas en el párrafo 4 de este artículo, además de los requisitos establecidos.Asimismo, podrán obtener la condición de centros colaboradores para la captación y registro de las ofertas de empleo específicamente vinculadas a esta convocatoria, las siguientes entidades, que habrán de estar, en todo caso, radicadas en la CAPV.
a) Universidades.
b) Centros de formación profesional públicos y privados concertados.
c) Centros y entidades colaboradores de Lanbide- Servicio Vasco de Empleo beneficiarios de las ayudas de formación para el empleo y de orientación para el empleo correspondientes a las convocatorias del ejercicio 2013.
d) Ayuntamientos, mancomunidades, cuadrillas, agencias de desarrollo local y Behargintzas.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los contratos en prácticas de, al menos, 6 meses de duración, cuyo objeto sea el desempeño de puestos de trabajo en centros laborales radicados en la CAPV, celebrados con personas jóvenes que, a fecha de inicio del contrato cumplan con las condiciones previstas en el artículo 5 y hayan sido seleccionadas según el procedimiento previsto en el artículo 9 de esta convocatoria.Dichos contratos deberán iniciarse antes del 21 de noviembre de 2014.
Requisitos:
a) Tener domicilio social y fiscal en la CAPV o centro de trabajo radicado en la CAPV.b) No hallarse participada directa o indirectamente en más de un 50% por una o varias Administraciones Públicas.
c) No haber destruido empleo en el puesto para el que se va a contratar y objeto de la solicitud de subvención bajo esta convocatoria, durante un periodo de un año anterior a la nueva contratación y durante el periodo que dure la contratación subvencionada.
d) Haber comunicado a la Representación Legal de los Trabajadores (RLT) de la empresa, la intención de contratar al amparo de esta convocatoria con indicación del tipo de contrato, tiempo de la contratación y puesto a ocupar. En caso de que la empresa no disponga de RLT deberá hacerlo constar expresamente por escrito junto a la solicitud.
e) No haber percibido alguna de las ayudas ilegales e incompatibles de alguno de los regímenes de ayudas estatales siguientes: Araba I, Araba II y Araba III (CR 48/99, CR 49/99 y CR 58/99); Gipuzkoa I, Gipuzkoa II y Gipuzkoa III (CR 50/99, CR 53/99 y CR 59/00) y Bizkaia I, Bizkaia II, Bizkaia III (CR 52/99, CR 54/99 y CR 60/00), que no hayan procedido a su reembolso o depósito en una cuenta bloqueada junto con los intereses correspondientes.
Las empresas y entidades beneficiarias de las subvenciones previstas en esta convocatoria deberán cumplir las siguientes condiciones generales:
a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
La acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, por parte de las empresas solicitantes de las subvenciones se verificará automáticamente, por el órgano gestor sin necesidad del consentimiento de los mismos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 50.3 del Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, aprobado por el Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre.
b) No estar sancionada ni administrativa ni penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni estar incursa en prohibición legal alguna que le inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por incurrir en discriminación por razón de sexo, en virtud de la ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
Documentos asociados
Boletín:
11/08/2014
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 150
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento
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Boletín:
02/10/2014
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 187
Documento: Ampliación Plazo Presentación. Descargar Documento
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Boletín:
27/10/2014
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 204
Documento: Modificación Descargar Documento
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