Modificación de las Subvenciones correspondientes a programas de actuacion en favor de las entidades gallegas en el exterior.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S03828/15

Norma:

RESOLUCIÓN de 22 de enero de 2015. RESOLUCIÓN de 20 de febrero de 2015.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 28/02/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar las bases reguladoras por las que se regirá la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en favor de las entidades gallegas del exterior para gastos de funcionamiento y para proyectos de actuación dirigidos al cumplimiento de sus fines, concretamente en las áreas sociales, de juventud, formativas, culturales, que persigan el mantenimiento o fomento de los lazos con Galicia.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Programa 1. Ayudas para gastos de funcionamiento.

El importe del crédito destinado a este programa es de 350.000 €.

El importe máximo de la inversión del total de gastos de funcionamiento para los que se solicite subvención no podrá superar la cuantía de 30.000 €. En caso de que sea superior, la cuantía que exceda de este límite no será tenida en cuenta a efectos de determinar el importe de la subvención a conceder.

El importe máximo de la ayuda a conceder a través de este programa será de 20.000 €.

Programa 2. Ayudas para proyectos culturales, sociales, de acciones informativas y proyectos promovidos por la juventud.

El importe del crédito destinado a este programa es de 450.000 €.

El importe máximo de la inversión en el conjunto de los proyectos para los que se solicite
subvención no podrá superar la cuantía de 40.000 €. En caso de que sea superior, la cuantía
que exceda de este límite no será tenida en cuenta a efectos de determinar el importe de la subvención a conceder.

El importe máximo de la ayuda a conceder a través de este programa será de 25.000 €.

Programa 3. Acciones de especial relevancia promovidas por comunidades.

El importe del crédito destinado a este programa es de 100.000 €.

El importe máximo de la inversión de los proyectos de especial relevancia para los que se solicite subvención no podrá superar la cuantía de 30.000 €. En caso de que sea superior, la cuantía que exceda de este límite no será tenida en cuenta a efectos de determinar el importe de la subvención a conceder.

El importe máximo de la ayuda a conceder a través de este programa es de 24.000 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

1. Entidades gallegas asentadas fuera de Galicia que estén reconocidas en cualquiera de las categorías establecidas en el artículo 4 de la Ley 7/2013, de 13 de junio, de la galleguidad.

2. Entidades gallegas asentadas fuera de Galicia reconocidas al amparo de la Ley 4/1983, de 15 de junio, de reconocimiento de la galleguidad.

3. Entidades resultantes de procesos de unión o fusión ya finalizados, que hayan solicitado el reconocimiento de su galleguidad al amparo de la Ley 7/2013, de 13 de junio, de la galleguidad.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Programa 1. Ayudas para gastos de funcionamiento de las entidades gallegas del exterior.

Programa 2. Ayudas para proyectos culturales, sociales, de acciones informativas y proyectos
promovidos por la juventud.

Programa 3. Acciones de especial relevancia promovidas por comunidades gallegas.

Requisitos:

Específicamente para cada programa podrán ser beneficiarias las siguientes entidades gallegas:

Programa 1: entidades que tengan reconocida la categoría de comunidad gallega o de centro colaborador de la galleguidad.

Programa 2: cualquier entidad gallega reconocida.

Programa 3: entidades que tengan reconocida la categoría de comunidades gallegas así como las federaciones y las asociaciones de entidades gallegas.

Documentos asociados

Boletín: 28/01/2015
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 18
Documento: Bases, Convocatoria 2015 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 26/02/2015
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 39
Documento: Modificación Descargar Documento