Modificación de las bases de las Subvenciones para la rehabilitacion de edificios y de locales, tratamiento de la fachada maritima del Muro de San Lorenzo, supresion de barreras arquitectonicas e intervenciones generales en grupos de viviendas en manzanas residenciales degradadas.

Código de ayuda:

S45464/14

Norma:

Gijón, 12 de septiembre de 2014. Gijón, 16 de febrero de 2015.

Plazo de Solicitud:

A publicar en la correspondiente Convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular el régimen de la concesión de ayudas para la rehabilitación de fachadas de edificios, cubiertas que impliquen mejoras sustanciales de eficiencia energética así como de locales comerciales visibles, rehabilitación de fachadas incluidas en el ámbito del Plan Especial para Tratamiento de la Fachada Marítima del Muro de San Lorenzo, la eliminación de barreras arquitectónicas y reparaciones generales de Grupos de Viviendas en Manzanas Residenciales Degradadas que precisen mejoras en las condiciones de accesibilidad, seguridad (CTE), estanqueidad, aislamiento y estética de su envolvente externa.

Categorías Subvención

  • Comercio
  • Turismo y Hostelería
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Ayuntamiento de Gijón (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Consultar según tipo de actuación.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

1) Edificios:

Dentro del ámbito territorial serán beneficiarios de la subvención:

— Los propietarios individuales y las Comunidades de Propietarios de los edificios.

— Los titulares de las edificaciones de equipamiento comunitario de titularidad privada y sin ánimo de lucro.

— Los propietarios de viviendas unifamiliares catalogadas.

No podrán ser beneficiarios los promotores de rehabilitaciones para su posterior venta.

Locales:

Serán beneficiarios de las subvenciones los titulares de las actividades de los locales destinados a comercio y hostelería.

2) Los propietarios individuales o comunidades de propietarios de los edificios y viviendas
afectados por el “Plan Especial para el Tratamiento de la Fachada Marítima del Muro de San Lorenzo”, aprobado por el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el 12 de abril de 2004 (BOPA 16/6/2004), y con las condiciones establecidas en dicho Plan.

3) Comunidades que decidan proceder a la instalación, por primera vez, de un ascensor u otros sistemas elevadores, supresores de las barreras existentes. Igualmente, se subvencionará la realización de obras en espacios comunes de los edificios destinadas a la eliminación de barreras arquitectónicas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1) Rehabilitación de fachadas, cubiertas y locales comerciales.

2) Edificios incluidos en el Plan Especial para el Tratamiento de la Fachada Marítima del Muro de San Lorenzo.

3) Eliminación de barreras arquitectónicas.

Documentos asociados

Boletín: 24/09/2014
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 222
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 26/02/2015
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 47
Documento: Modificación Descargar Documento