Otorgamiento de los prestamos previstos en el Real Decreto 937/2010, de 23 de julio, por el que se regula el Fondo Financiero del Estado para la Modernizacion de las Infraestructuras Turisticas.- Convocatoria 2011.
Código de ayuda:
S52264/10Norma:
Real Decreto 937/2010, de 23 de julio. ORDEN CYT/1232/2010, de 31 de agosto. ORDEN CYT/1183/2011, de 12 de septiembre.Plazo de Solicitud:
Hasta el día 31 de octubre de 2011.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regular en la Comunidad de Castilla y León el otorgamiento de los préstamos bonificados a los que se refiere el artículo 6.b) del Real Decreto 937/2010,de 23 de julio, por el que se regula el Fondo Financiero del Estado para la Modernización de las Infraestructuras Turísticas (FOMIT), y efectuar su convocatoria para el año 2011 para los beneficiarios contemplados en el artículo 9.1.a) de dicho real decreto.
Categorías Subvención
Corporaciones Locales
Turismo y Hostelería
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Cultura y Turismo (Castilla y León)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto 937/2010, de 23 de julio, los préstamos se otorgarán con largos plazos de amortización, incluyendo períodos de carencia y bajos tipos de interés, con cargo al FOMIT al tipo de interés que se determine por orden del Ministro de Industria, Turismo y Comercio, previo acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, y lo serán por importe del 100 por ciento de la inversión financiable, con un límite máximo de 6 millones de euros y un mínimo de 300.000 euros por beneficiario y año.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Las Entidades locales enumeradas en el artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 abril, de Bases del Régimen Local, los organismos autónomos locales, las entidades públicas empresariales locales y las sociedades mercantiles locales.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Construcción, ampliación, renovación o remodelación de infraestructuras públicas municipales.b) Instalación, sustitución o reparación de equipamientos turísticos.
c) Establecimiento, ampliación o mejora de servicios públicos municipales que mejoren la oferta turística.
d) Inversiones dirigidas a recuperar la calidad ambiental y paisajística de los destinos y a reducir la densidad urbanística de las zonas turísticas así como las que faciliten la modernización de los destinos turísticos.
Requisitos:
El plazo máximo de ejecución de las actuaciones financiadas será de cuatro años, contados a partir de la fecha de formalización de la operación de financiación.Documentos asociados
Boletín:
24/07/2010
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 179
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 179
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Boletín:
07/09/2010
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 173
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 173
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento
Boletín:
26/09/2011
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 186
Documento: Convocatoria 2011. Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 186
Documento: Convocatoria 2011. Descargar Documento