Pagos directos a la agricultura y a la ganaderia, las ayudas destinadas a indemnizar a los agricultores por dificultades naturales en zonas de montaña, las ayudas agroambientales previstas en el Eje II del Programa de Desarrollo Rural 2007/2013 y la ayuda a los productores de la remolacha azucarera.- Convocatoria 2011.- Corrección.

Código de ayuda:

S06037/11

Norma:

Orden 7/2011, de 4 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de abril de 2011. (Ver excepciones para determinadas líneas de subvención).

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular y convocar para la campaña 2011/2012 los pagos directos de la Política Agraria Común (PAC), correspondientes a las ayudas de pago único y a diversas ayudas por superficies y a la ganadería; así
como convocar para el año 2011 las ayudas destinadas a indemnizar a los agricultores por dificultades naturales en zonas de montaña, las ayudas agroambientales previstas en el eje II del Programa de Desarrollo Rural 2007/2013 y la ayuda a los productores de remolacha azucarera.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

La Rioja

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población (La Rioja)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La señalada en cada línea de subvención.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los señalados en cada línea de subvención.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1.- Pagos directos a la agricultura y a la ganadería:

a) Pago único para los titulares de derechos según lo establecido en el artículo 3.1 del Real Decreto 1680/2009, de 13 de noviembre, sobre la aplicación del régimen de pago único en la agricultura y la integración de determinadas ayudas agrícolas en el mismo a partir del año 2010 y de acuerdo al Título II del Real Decreto 66/2010, de 29 de enero.

b) Regímenes de ayuda por superficie contenidos en el Título III del Real Decreto 66/2010, de 29 de enero:

1º. Prima específica a las proteaginosas en la Sección 1ª.

2º. Ayuda por superficie a los frutos de cáscara establecidas en la Sección 4ª.

3º. Ayuda a los productores de semillas establecida en la Sección 5ª.

4º. Ayuda a los productores de remolacha azucarera en la Sección 8ª.

c) Regímenes de ayuda por ganado vacuno contenidos en el Título IV del Real Decreto 66/2010, de 29 de enero:

1º. Prima por vaca nodriza en la Sección 2ª.

2º. Prima por sacrificio en la Sección 3ª.

d) Pagos adicionales por aplicación del artículo 69 del Reglamento (CE) nº 1782/2003del Consejo, de 29 de
septiembre, contenidos en el Título V del Real Decreto 66/2010, de 29 de enero:

1º. Pagos en el sector de la remolacha y la caña de azúcar en la Sección 2ª.

2º. Pago adicional a las explotaciones que mantengan vacas nodrizas en el Capítulo II Sección 1ª.

3º. Pago adicional a la producción de carne de vacuno de calidad reconocida oficialmente en el Capítulo II Sección 2º.

4º. Pagos adicionales en el sector lácteo en el Capítulo II Sección 3ª.

e) Ayudas específicas por aplicación del artículo 68 del Reglamento (CE) nº 73/2009 del Consejo, de 19 de enero, contenidas en el Título VI del Real Decreto 66/2010, de 29 de enero:

1º. Programa Nacional para el fomento de rotaciones de cultivo en tierras de secano, Capítulo I Sección 1ª.

2º. Programa Nacional para la Calidad de las Legumbres, Capítulo I Sección 2ª.

3º. Ayudas específicas destinadas a agricultores de ovino y caprino cuya producción esté amparada por
denominaciones de producción de calidad, Capítulo II Sección 1ª.

4º. Ayudas destinadas a agricultores de ovino y caprino cuyas explotaciones se orientan a la producción de carne, con el fin de compensar las desventajas específicas ligadas a la viabilidad económica de este tipo de explotación, Capítulo II Sección 2ª.

5º. Ayudas para compensar las desventajas específicas que afectan a los agricultores del sector lácteo en zonas económicamente vulnerables o sensibles desde el punto de vista medioambiental y para tipos de producción económicamente vulnerables, Capítulo II Sección 3ª.

6º. Ayuda para fomentar la producción de productos lácteos de calidad, Capítulo II Sección 4ª.

f) La declaración de determinadas superficies para justificar la carga ganadera de la explotación, a efectos de la percepción del pago adicional a las explotaciones que mantienen vacas nodrizas.

g) Las solicitudes correspondientes a los derechos de pago único correspondientes a:

1º. La solicitud de derechos de pago único a la reserva nacional.

2º. La solicitud de cesiones de derechos de pago único.

También podrán presentarse, en el caso que existieran, solicitudes de ayuda reguladas en el Real Decreto 66/2010, de 29 de enero y no recogidas en esta relación.

2.- Ayudas al desarrollo rural, establecidas al amparo del Reglamento (CE) nº 1698/2005:

a) La indemnización a los agricultores por dificultades naturales en zonas de montaña regulada por la Orden 7/2008, de 7 de marzo, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural (BOR nº 35 de 11 de marzo de 2008).

b) Las ayudas para la utilización de métodos compatibles con el medio ambiente (ayudas agroambientales):

1º) Solicitud de pago para aquellos que no han finalizado el periodo de compromisos en virtud de la Orden 13/2008, de 3 de abril, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural (BOR nº 47 de 8 de abril de 2008) y obtuvieron resolución favorable.

2º) Solicitudes de participación en el programa para aquellos que solicitan incorporarse por primera vez al Programa de ayudas Agroambientales.

3.- Subvenciones para la campaña 2011/2012 de las ayudas de acuerdo con la Orden 11/2010, de 22 de marzo (BOR nº 38, de 29 de marzo de 2010), de 2010, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras de un régimen temporal de ayudas a los productores de remolacha azucarera de La Rioja en las campañas de comercialización 2009/2010 a 2013/2014.

Documentos asociados

Boletín: 07/02/2011
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 17
Documento: Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 25/02/2011
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 26
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento