Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica: Ayuda para el Fomento de Investigación Técnica, correspondiente al área de energía.
Código de ayuda:
S40091/05Norma:
Orden ITC/2258/2005, de 7 de julio. Bases en Orden PRE/690/2005, de 18 de marzo de 2005.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 29/07/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
Se realiza la convocatoria para el año 2005 de las ayudas correspondientes a la Sección 6.ª del Área de Energía (código 120000), siguiendo la relación establecida en el punto 2 del apartado segundo de la Orden PRE/690/2005, de 18 de marzo de 2005, por la que se regulan las bases, el régimen de ayudas y la gestión del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación tecnológica (I+D+I 2004-2007) en la parte dedicada al Fomento de la Investigación Técnica.Las ayudas que se convocan mediante la presente Orden podrán solicitarse para proyectos y actuaciones plurianuales, siempre que parte del proyecto o actuación se realice en el año 2005 y se solicite ayuda para dicho ejercicio.
Sólo se podrán solicitar y conceder ayudas en virtud de la presente convocatoria hasta el ejercicio 2007 incluido.
Categorías Subvención
- Cooperación empresarial
- Exportación / Internacionalización
- I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
- Recursos Humanos
Localización del organismo gestor
España
Convoca:
Ministerio de Industria, y Comercio ( España)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
1. Empresas.2. Centros privados de investigación y desarrollo sin ánimo de lucro.
3. Centros Tecnológicos, que actúen exclusivamente como participantes en un proyecto en cooperación.
4. Agrupaciones o asociaciones de los anteriores, comprendiendo UTE, AIE y asociaciones empresariales sectoriales sin ánimo de lucro que realicen proyectos I+D.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Proyectos de investigación industrial.2. Estudios de viabilidad técnica previos a actividades de investigación industrial o de desarrollo.
3. Proyectos de desarrollo tecnológico.
4. Acciones complementarias.
5. Acciones complementarias de cooperación internacional.
Los tipos de proyectos o actuaciones podrán realizarse conforme a las modalidades definidas en el punto 1 del apartado séptimo de la Orden por la que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas, que son las siguientes:
Proyecto o actuación tecnológica individual.
Proyecto o actuación tecnológica en cooperación.
Los proyectos de investigación industrial o desarrollo tecnológico para que sean financiables deberán tener un presupuesto mínimo total de 60.000 euros cuando se trate de concesión de una subvención o de 1 millón de euros cuando se trate de un préstamo.
Las ayudas podrán aplicarse a los siguientes conceptos:
a) Gastos de personal propio o contratado dedicado directamente al proyecto o actuación, tanto personal investigador como de apoyo técnico.
b) Subcontrataciones exclusivamente derivadas del proyecto o actuación.
c) Material fungible exclusiva y permanentemente destinado al proyecto o actuación.
d) Aparatos y equipos dedicados al proyecto o actuación.
e) Otros gastos generales suplementarios directamente derivados del proyecto o actuación y debidamente justificados.
Se incluirán, entre otros, los ligados al registro de patentes, cuando el beneficiario de la ayuda sea una PYME.
Documentos asociados
Boletín:
19/03/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 67
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 67
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
14/07/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 167
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 167
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento