Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica: Ayuda para el Fomento de Investigación Técnica, correspondiente al área de energía.

Código de ayuda:

S40091/05

Norma:

Orden ITC/2258/2005, de 7 de julio. Bases en Orden PRE/690/2005, de 18 de marzo de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 29/07/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se realiza la convocatoria para el año 2005 de las ayudas correspondientes a la Sección 6.ª del Área de Energía (código 120000), siguiendo la relación establecida en el punto 2 del apartado segundo de la Orden PRE/690/2005, de 18 de marzo de 2005, por la que se regulan las bases, el régimen de ayudas y la gestión del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación tecnológica (I+D+I 2004-2007) en la parte dedicada al Fomento de la Investigación Técnica.

Las ayudas que se convocan mediante la presente Orden podrán solicitarse para proyectos y actuaciones plurianuales, siempre que parte del proyecto o actuación se realice en el año 2005 y se solicite ayuda para dicho ejercicio.
Sólo se podrán solicitar y conceder ayudas en virtud de la presente convocatoria hasta el ejercicio 2007 incluido.

Categorías Subvención

  • Cooperación empresarial
  • Exportación / Internacionalización
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Industria, y Comercio ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

1. Empresas.
2. Centros privados de investigación y desarrollo sin ánimo de lucro.
3. Centros Tecnológicos, que actúen exclusivamente como participantes en un proyecto en cooperación.
4. Agrupaciones o asociaciones de los anteriores, comprendiendo UTE, AIE y asociaciones empresariales sectoriales sin ánimo de lucro que realicen proyectos I+D.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Proyectos de investigación industrial.
2. Estudios de viabilidad técnica previos a actividades de investigación industrial o de desarrollo.
3. Proyectos de desarrollo tecnológico.
4. Acciones complementarias.
5. Acciones complementarias de cooperación internacional.

Los tipos de proyectos o actuaciones podrán realizarse conforme a las modalidades definidas en el punto 1 del apartado séptimo de la Orden por la que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas, que son las siguientes:
Proyecto o actuación tecnológica individual.
Proyecto o actuación tecnológica en cooperación.

Los proyectos de investigación industrial o desarrollo tecnológico para que sean financiables deberán tener un presupuesto mínimo total de 60.000 euros cuando se trate de concesión de una subvención o de 1 millón de euros cuando se trate de un préstamo.

Las ayudas podrán aplicarse a los siguientes conceptos:
a) Gastos de personal propio o contratado dedicado directamente al proyecto o actuación, tanto personal investigador como de apoyo técnico.
b) Subcontrataciones exclusivamente derivadas del proyecto o actuación.
c) Material fungible exclusiva y permanentemente destinado al proyecto o actuación.
d) Aparatos y equipos dedicados al proyecto o actuación.
e) Otros gastos generales suplementarios directamente derivados del proyecto o actuación y debidamente justificados.
Se incluirán, entre otros, los ligados al registro de patentes, cuando el beneficiario de la ayuda sea una PYME.

Documentos asociados

Boletín: 19/03/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 67
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 19/03/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 67
Documento: Anexos Descargar Documento
Boletín: 14/07/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 167
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento