Plan de Ayudas a empresas para el ejercicio 2005.
Código de ayuda:
S14746/05Norma:
Resolución de 1 de marzo de 2005.Plazo de Solicitud:
Hay 3 plazos según cada Programa, que van del 7 de abril al 29 de septiembre de 2005. Consultar Convocatoria.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar las ayudas del Impiva para empresas correspondientes al ejercicio 2005.Categorías Subvención
- Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
- Equipamientos informáticos y Tecnología
- I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
- Inversiones Materiales y Equipos
Localización del organismo gestor
Comunidad Valenciana
Convoca:
Consellería de Empresa, Universidad y Ciencia (Comunidad Valenciana)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Las empresas que desarrollen alguna de las actividades relacionadas en el anexo de actividades subvencionables, con lassalvedades establecidas en los distintos programas.
Los beneficiarios deberán tener su sede social o establecimiento de producción en la Comunidad Valenciana y los proyectos objeto de ayuda deberán estar localizados en dicho territorio.
Excepcionalmente se podrán apoyar proyectos presentados por solicitantes que reúnan características distintas a las establecidas con carácter general cuando se estimen relevantes en atención a las líneas de política industrial.
Específicamente, según cada Programa:
1. Programa de Investigación y Desarrollo Tecnológico.
Las Empresas con sede social o establecimiento productivo en la Comunidad Valenciana que desarrollen el proyecto en este ámbito geográfico.
2. Programa de Innovación y Modernización Tecnológica en Microempresas.
Las Empresas industriales, con la condición de microempresa y con sede social o establecimiento productivo en la Comunidad Valenciana que desarrollen alguna de las actividades previstas en el anexo de actividades subvencionables de la presente convocatoria.
3. Programa de Creación de Empresas de Base Tecnológica.
Empresas con sede social o establecimiento en la Comunidad Valenciana que desarrollen alguna de las actividades previstas en el anexo de la presente resolución y tengan la consideración de empresas de base tecnológica.
Las empresas solicitantes deberán estar constituidas y establecidas en la Comunidad Valenciana previamente al cobro de la ayuda y con un mínimo de dos empleados.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Programa de Investigación y Desarrollo Tecnológico.- Proyectos de Investigación Industrial consistentes en actividades de indagación original y planificada para descubrir nuevos conocimientos y una superior comprensión en el ámbito científico o tecnológico.
- Proyectos de Desarrollo Tecnológico consistentes en actividades para generar o desarrollar productos o procesos productivos con especificaciones o propiedades técnicas mejoradas con respecto a los existentes en el mercado.
Los proyectos podrán abarcar la creación del nuevo producto o proceso, las pruebas experimentales y ensayos necesarios para su concreción y la elaboración de prototipos previos al inicio de la producción comercial.
COSTES SUBVENCIONABLES:
. COSTE DE CONTRATOS CON CENTROS DE INVESTIGACIÓN.
. SERVICIOS EXTERNOS. Aquellos que el solicitante necesite contratar a otras empresas o entidades para llevar a cabo el proyecto.
. MATERIALES Y COMPONENTES.
. RECURSOS HUMANOS. Personal propio de carácter científico-técnico vinculado al proyecto.
. INVERSIONES NO PRODUCTIVAS. Equipos de laboratorio y experimentación.
Adquisición de tecnología documentada (patentes, licencias, etc.).
2. Programa de Innovación y Modernización Tecnológica en Microempresas.
Proyectos que persigan la incorporación a las empresas de tecnologías o sistemas de gestión enfocados a la mejora de sus productos o procesos, y que se concreten en:
- Innovación en aspectos de la gestión industrial para conseguir mejoras organizativas o de producción, incluyendo la incorporación de tecnologías de la información y las comunicaciones. Asimismo, diseño industrial e ingeniería, así
como actividades de diagnóstico para identificación y orientación de soluciones tecnológicas avanzadas ligadas a nuevos productos o procesos, incluyendo estudios de prospección e introducción en el mercado.
- Modernización tecnológica de elementos productivos mediante incorporación de tecnologías avanzadas.
- Asistencia a certámenes tecnológicos en el extranjero en calidad de visitante.
COSTES SUBVENCIONABLES:
. SERVICIOS EXTERNOS. Consultoría especializada para puesta en marcha de proyectos de mejora, así como diseño industrial e ingeniería para definición de especificaciones técnicas y características de funcionamiento de nuevos productos o procesos, así como formación de carácter tecnológico.
. GASTOS CORRIENTES. Gastos de desplazamiento a certámenes tecnológicos en el extranjero (exclusivamente transporte interurbano y alojamiento del personal de la empresa).
. INVERSIONES PRODUCTIVAS. Bienes de equipo vinculados a proyectos de modernización e innovación tecnológica (maquinaria y equipos de laboratorio tecnológicamente avanzados), excepto equipos informáticos no directamente
vinculados con procesos productivos.
. INVERSIONES NO PRODUCTIVAS. Programas informáticos que posibiliten intercambio de información sobre situación de pedidos, fechas de entrega, o atención al cliente, sistemas de comercio electrónico, sistemas de producción integrados con comunicación externa, sistemas de posicionamiento, localización de vehículos y gestión de flotas. Conocimientos técnicos patentados o no.
Adquisición de patentes, licencias de explotación, etc.
. Solo serán aceptables los costes de fecha posterior al registro de entrada de la solicitud de ayuda.
3. Programa de Creación de Empresas de Base Tecnológica.
Creación y puesta en marcha en la Comunidad Valenciana de empresas de base tecnológica o unidades de I+D de altas prestaciones, preferentemente en el ámbito de las tecnologías emergentes relacionadas en el anexo, capaces de crear
sinergias con el Sistema Valenciano de I+D.
Las acciones más significativas que se apoyarán son:
. Contratación de servicios externos especializados para la elaboración del plan de negocio (plan de viabilidad técnica, económica, comercial y financiera), para asesoramiento en materia de organización y tecnología, prospección de mercados.
. Implantación y explotación económica del proyecto.
COSTES SUBVENCIONABLES:
Solo serán aceptables los costes de fecha posterior al registro de entrada de la solicitud de ayuda.
. INVERSIONES PRODUCTIVAS. Bienes de equipo vinculados a proyectos de innovación tecnológica.
. INVERSIONES NO PRODUCTIVAS. Adquisición de patentes, licencias de explotación, o conocimientos técnicos patentados o no patentados y otros equipamientos.
En las empresas que cumplan la condición de PYME las ayudas podrán contemplar también los siguientes costes:
. SERVICIOS EXTERNOS. Consultorías especializadas para asesoramientos externos que no tengan carácter habitual en el funcionamiento de la empresa.
. OTROS. Gastos de registro de marcas y patentes.
Documentos asociados
Boletín:
01/04/2005
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 4976
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 4976
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
07/04/2005
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 4980
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 4980
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento