Plan de Ayudas de I+D a Empresas para 2006, y modificaciones.

Código de ayuda:

S08400/06

Norma:

RESOLUCIÓN de 20 de febrero de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 05/05/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar las ayudas del IMPIVA correspondientes al ejercicio 2006 en el marco del Programa de Investigación y Desarrollo Tecnológico y del Programa de Creación de Empresas de Base Tecnológica.

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Instituto de la Pequeña y Mediana Industria de la Generalitat Valenciana (Comunidad Valenciana)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las empresas industriales y de servicios relacionados con la industria.

Quedan excluidas las comunidades de bienes y las sociedades civiles, así como las asociaciones, fundaciones y en general, las entidades sin ánimo de lucro.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

PROGRAMA: Investigación y Desarrollo Tecnológico.

• Proyectos de Investigación Industrial consistentes en actividades de indagación original y planificada para descubrir nuevos conocimientos y una superior comprensión en el ámbito científico o tecnológico.
También se considerarán apoyables los estudios de viabilidad previos a actividades de Investigación Industrial.
• Proyectos de Desarrollo Tecnológico consistentes en actividades para generar o desarrollar nuevos productos o procesos productivos con especificaciones o propiedades técnicas mejoradas con respecto a los existentes en el mercado.
Los proyectos podrán abarcar la creación del nuevo producto o proceso, las pruebas experimentales y ensayos necesarios para su concreción y la elaboración de prototipos previos al inicio de la explotación industrial y comercial.
También se considerarán apoyables los estudios de viabilidad previos al desarrollo de proyectos de Desarrollo Tecnológico.

COSTES SUBVENCIONABLES:
• COSTE DE CONTRATOS CON CENTROS DE INVESTIGACIÓN
• SERVICIOS EXTERNOS.
Aquellos que el solicitante necesite contratar a otras empresas o entidades para llevar a cabo el proyecto.
En el caso de PYME, también se considerarán subvencionables los costes de los servicios de solicitud de registro de patentes resultado de la ejecución del proyecto.
• MATERIALES Y COMPONENTES
• RECURSOS HUMANOS. Personal propio de carácter científico-técnico vinculado al proyecto.
• INVERSIONES NO PRODUCTIVAS. Equipos de laboratorio y experimentación y adquisición de tecnología documentada: patentes, licencias, etc.
Serán admisibles los justificantes emitidos desde el 1 de enero de 2006.

PROGRAMA: Creación de Empresas de Base Tecnológica.

Creación y desarrollo de empresas de base tecnológica que contribuyan a ampliar y diversificar el tejido económico de la Comunidad Valenciana con nuevas actividades productivas y de servicios basadas en las nuevas tecnologías y el conocimiento especializado, mejorando la oferta actual para obtener productos y servicios diferentes o con prestaciones claramente superiores a lo ya existente.

COSTES SUBVENCIONABLES:
• INVERSIONES PRODUCTIVAS.
Bienes de equipo vinculados a proyectos de innovación tecnológica (maquinaria, equipos de laboratorio, equipos informáticos vinculados a producción).
• INVERSIONES NO PRODUCTIVAS.
Adquisición de patentes, licencias de explotación o conocimientos técnicos patentados o no patentados.
En las empresas que cumplan la condición de PYME las ayudas podrán contemplar también los siguientes costes:
• SERVICIOS EXTERNOS.
• Consultorías especializadas para asesoramientos externos que no tengan carácter habitual en el funcionamiento de la empresa (análisis de viabilidad, análisis de mercado o de oportunidad).
• Gastos de registro de marcas y patentes.
Solo serán aceptables los costes de fecha posterior al registro de entrada de la solicitud de ayuda.

Documentos asociados

Boletín: 24/03/2006
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5226
Documento: Convocatoria 2006 Descargar Documento
Boletín: 20/04/2006
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5242
Documento: Fechas límite para la presentación de solicitudes Descargar Documento