Plan de Consolidación y Competitividad de la Pequeña y Mediana Empresa en el ámbito de Castilla y León.
Código de ayuda:
S14582/04Norma:
Acuerdo de 7 de mayo de 2004.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 31/12/2004Finalidad u objetivo de la ayuda:
Bases Reguladoras que regirán la concesión de las subvenciones, en concurrencia no competitiva, previstas en el Plan de Consolidación y Competitividad de la Pequeña y Mediana Empresa (PYME), para el año 2004, en relación a las Medidas que se enumeran a continuación:1: Sociedad de la Información.
2: Innovación en Técnicas Empresariales; Esta Medida se articula en las siguientes Líneas:
Línea 2.1: Diseño.
Línea 2.2: Redes Interempresariales de Cooperación.
Línea 2.3: Sistemas de Calidad.
Línea 2.4: Innovación de Procesos: Gestión y Organización de PYME.
Categorías Subvención
Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
Calidad
Cooperación empresarial
Equipamientos informáticos y Tecnología
I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
Inversiones Materiales y Equipos
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Economía y Empleo (Castilla y León)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
En todos los casos, la ayuda se aplicará exclusivamente a los gastos imputables al proyecto y, en ningún caso, la financiación podrá superar el 100% del proyecto.No deberá ser superior al 50% del gasto subvencionable para las actuaciones de carácter genérico.
Excepcionalmente, cuando así lo aconseje la tipología del proyecto, se podrá considerar que el coste de las actuaciones de carácter genérico podrá superar el límite del 50%.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Los Organismos Intermedios y las PYME, que desarrollen su actividad subvencionable en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, sin perjuicio de lo establecido para los proyectos suprarregionales.Se considerarán Organismos Intermedios:
a) Las organizaciones públicas, semipúblicas o privadas, sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia que, de forma habitual, presten servicios de apoyo de carácter empresarial a las PYME.
b) Las entidades con participación mayoritaria de capital público que presten de forma habitual servicios de carácter empresarial a las PYME, y no persigan en dichos proyectos la obtención de beneficios.
Se considerará pequeña y mediana empresa (PYME), la que se ajuste a la definición que de la misma determine en cada momento la Unión Europea.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las siguientes Medidas:1.– SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN.
a) Proyectos de aplicación e implantación de herramientas de control y modelización de producción, logística,comercio, gestión o similares para Pyme, a través de redes telemáticas.
b) Proyectos que basándose en redes telemáticas, faciliten el desarrollo de portales para conjuntos de Pyme de carácter sectorial u horizontal, con contenidos como: comercio electrónico (B2B, B2C, C2C u otras similares), tiendas virtuales, catálogos virtuales, páginas web, teletrabajo u otros semejantes.
2.– INNOVACIÓN EN TÉCNICAS EMPRESARIALES.
LÍNEA 2.1. DISEÑO.
a) Proyectos que supongan el desarrollo de una actuación integral que defina o redefina la identidad corporativa y su aplicación a marcas, envases y embalajes, y elementos de comunicación, realizados por servicios profesionales de diseño.
No se admiten dichos gastos individualmente considerados, si no se trata de un proyecto global integrado por todos ellos.
En el caso de proyectos de organismos intermedios, el proyecto deberá contar con la participación de al menos un equipo profesional de diseño diferente para cada tres pymes participantes.
Los proyectos de pymes deberán tener un gasto subvencionabl e mínimo de 3.000 euros.
b) Proyectos dirigidos a la mejora de la gestión del diseño en las Pyme, análisis de situación, auditorías de diseño e incorporación de métodos de gestión del diseño más eficaces.
LÍNEA 2.2. REDES INTEREMPRESARIALES DE COOPERACIÓN.
a) Proyectos orientados a la identificación de posible colectivos empresariales interrelacionados y de sus necesidades como colectivos.
b) Proyectos orientados al análisis de viabilidad de posibles actuaciones, así como su posible realización, tendentes a mejorar la posición competitiva de determinados colectivos.
c) Proyectos orientados a la realización de actuaciones conjuntas de empresas tendentes a la consecución de acuerdos de cooperación, que mejoren su situación competitiva.
LÍNEA 2.3. SISTEMAS DE CALIDAD.
a) La elaboración de procesos de normalización de los diferentes sectores empresariales.
b) El desarrollo e implantación de sistemas de gestión de calidad en los Organismos Intermedios y en las Pyme, mediante el análisis de situación y asesoría en el proceso de implementación de dichos sistemas, que culmine con la obtención de la Certificación de Calidad emitida por una entidad certificadora homologada en el periodo de ejecución del proyecto aprobado.
El Organismo Intermedio que lo desee, podrá plantear la implantación y certificación de su propio sistema de calidad, siempre y cuando concurra, como un participante más, junto con un grupo de Pymes en el proyecto que lidere.
LÍNEA 2.4. INNOVACIÓN DE PROCESOS: GESTIÓN Y ORGANIZACIÓN EN LA PYME.
a) Proyectos de asesoramiento técnico a las empresas para la incorporación de procesos de innovación e implantación de mecanismos innovadores de gestión y organización.
b) Proyectos de asesoramiento en la implantación de nuevas tecnologías.
Cuando los beneficiarios directos de las ayudas sean Organismos Intermedios se podrán financiar los siguientes gastos:
a) Gastos Directos:
- a.1. Inversiones materiales e inmateriales, excluidas la adquisición y acondicionamiento de inmuebles, los gastos de mobiliario, equipamiento de oficina –excepto equipamiento informático– y medios de transporte.
Con independencia de los límites de subvención que se puedan establecer para cada una de las líneas,las subvenciones a la inversión no podrán, en este caso, sobrepasar la cantidad de 50.000 euros para Organismos Intermedios y 10.000 euros para PYME. Los proyectos de carácter suprarregional podrán superar este límite cuando el beneficiario directo de la inversión sea un Organismo Intermedio.
- a.2. Gastos de personal técnico directamente relacionado con el proyecto.
- a.3. Colaboraciones externas, tales como gastos externos de consultoría y otros servicios relacionados con el proyecto.
- a.4. Viajes interurbanos y alojamiento,necesarios para la realización del proyecto. Respecto de los cuales los gastos máximos admisibles serán los establecidos por la Mesa de Directores Generales.
- a.5. El IVA o equivalente, soportado por el beneficiario cuando suponga un coste real para el mismo. En el caso de los beneficiarios sujetos a la regla de prorrata, dicho coste se calculará en base a la prorrata definitiva del último ejercicio finalizado antes de la concesión de la subvención, siendo responsabilidad del Organismo incluir el resultado final en la liquidación de sus obligaciones fiscales.
b) Gastos Indirectos:
b.1. Se estimará hasta un 30% del coste de personal interno directamente aplicado al proyecto, siempre que sea gasto subvencionable.
Cuando los beneficiarios directos de la subvención sean empresas se podrán financiar los gastos considerados en el apartado a.1 y a.3 del punto anterior.
En todo caso la inversión deberá mantenerse en el establecimiento objeto de la ayuda durante al menos cinco años (cuatro años en el caso de los equipos informáticos) a contar desde la finalización de la misma.
Asimismo, el beneficiario deberá financiar al menos el 25% de la inversión.
Requisitos:
Sin especificar.Ver Beneficiarios.
Documentos asociados
Boletín:
14/05/2004
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 91
Documento: Programa / Plan Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 91
Documento: Programa / Plan Descargar Documento
Boletín:
14/05/2004
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 91
Documento: Anexos Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 91
Documento: Anexos Descargar Documento