Plazo Extraordinario para Ayudas a las víctimas del terrorismo.

Código de ayuda:

S09973/05

Norma:

REAL DECRETO LEY 4/2005, de 11 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 12/09/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se concede un plazo extraordinario de seis meses contados a partir de la entrada en vigor de este real decreto ley para solicitar las indemnizaciones reguladas en la Ley 32/1999, de 8 de octubre, de solidaridad con las víctimas del terrorismo, por los actos y hechos a que se refiere la indicada ley acaecidos desde el 1 de enero de 1968 y que no hayan sido indemnizados al amparo de ella.

Categorías Subvención

  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Otras

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Gobierno Central ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Particulares / Personas físicas
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas y/o jurídicas víctimas del terrorismo.

Documentos asociados

Boletín: 12/03/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 61
Documento: Plazo Extraordinario Descargar Documento