Plazo Extraordinario para Ayudas a las víctimas del terrorismo.
Código de ayuda:
S09973/05Norma:
REAL DECRETO LEY 4/2005, de 11 de marzo.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 12/09/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
Se concede un plazo extraordinario de seis meses contados a partir de la entrada en vigor de este real decreto ley para solicitar las indemnizaciones reguladas en la Ley 32/1999, de 8 de octubre, de solidaridad con las víctimas del terrorismo, por los actos y hechos a que se refiere la indicada ley acaecidos desde el 1 de enero de 1968 y que no hayan sido indemnizados al amparo de ella.Categorías Subvención
- Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
- Otras
Localización del organismo gestor
España
Convoca:
Gobierno Central ( España)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Particulares / Personas físicas
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas y/o jurídicas víctimas del terrorismo.Documentos asociados
Boletín:
12/03/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 61
Documento: Plazo Extraordinario Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 61
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