Premio Euskadi de Investigación 2022, con el fin de fomentar la actividad científica.

Código de ayuda:

S68391/22

Norma:

ORDEN de 8 de noviembre de 2022. DECRETO 261/2017, de 5 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 16 de enero de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de la presente Orden convocar en su edición 2022, el «Premio Euskadi de Investigación», regulado por el Decreto 261/2017, de 5 de diciembre, en su modalidad de Ciencia y Tecnología.

El Premio tendrá una rotación bienal establecida de la siguiente forma: en los años pares, la temática versará sobre Ciencia y Tecnología, y en los años impares la temática versará sobre Ciencias Sociales y Humanidades.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Premios

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Educación (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D

Detalle beneficiarios:

Podrán optar al Premio Euskadi de Investigación los investigadores y las investigadoras que cumplan los requisitos.

Requisitos:

Podrán optar al Premio Euskadi de Investigación los investigadores y las investigadoras que
cumplan los siguientes requisitos:

a) Estar en posesión del título de doctor/a.

b) Pertenencia a fecha de solicitud, mediante contrato a tiempo completo o parcial, a un centro de investigación acreditado como agente de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación según Decreto 109/2015, de 23 de junio, por el que se regula y actualiza la composición de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación, en alguna de las siguientes categorías:

– Estructuras de Investigación de las Universidades.

– Centros de Investigación Básica y de Excelencia.

– Centros de Investigación Cooperativa (CIC).

– Centros Tecnológicos.

– Institutos de Investigación Sanitaria (IIS).

– Organizaciones de I+D Sanitarias.

También se admitirán aquellas candidaturas de profesores Ikerbasque contratados por la Fundación Ikerbasque y que estén adscritos a algún centro dentro de las categorías de agentes
anteriormente señaladas.

c) Haber desarrollado al menos durante 12 años su carrera científica en Euskadi, a partir de la
obtención del doctorado.

Documentos asociados

Boletín: 14/12/2017
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 237
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 16/12/2022
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 239
Documento: Convocatoria 2022 Descargar Documento