Premio Euskadi de Investigación 2022, con el fin de fomentar la actividad científica.
Código de ayuda:
S68391/22Norma:
ORDEN de 8 de noviembre de 2022. DECRETO 261/2017, de 5 de diciembre.Plazo de Solicitud:
Hasta el 16 de enero de 2023.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Es objeto de la presente Orden convocar en su edición 2022, el «Premio Euskadi de Investigación», regulado por el Decreto 261/2017, de 5 de diciembre, en su modalidad de Ciencia y Tecnología.El Premio tendrá una rotación bienal establecida de la siguiente forma: en los años pares, la temática versará sobre Ciencia y Tecnología, y en los años impares la temática versará sobre Ciencias Sociales y Humanidades.
Categorías Subvención
- Educación y Ciencia
- I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
- Premios
Localización del organismo gestor
País Vasco
Convoca:
Departamento de Educación (País Vasco)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
Detalle beneficiarios:
Podrán optar al Premio Euskadi de Investigación los investigadores y las investigadoras que cumplan los requisitos.Requisitos:
Podrán optar al Premio Euskadi de Investigación los investigadores y las investigadoras quecumplan los siguientes requisitos:
a) Estar en posesión del título de doctor/a.
b) Pertenencia a fecha de solicitud, mediante contrato a tiempo completo o parcial, a un centro de investigación acreditado como agente de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación según Decreto 109/2015, de 23 de junio, por el que se regula y actualiza la composición de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación, en alguna de las siguientes categorías:
– Estructuras de Investigación de las Universidades.
– Centros de Investigación Básica y de Excelencia.
– Centros de Investigación Cooperativa (CIC).
– Centros Tecnológicos.
– Institutos de Investigación Sanitaria (IIS).
– Organizaciones de I+D Sanitarias.
También se admitirán aquellas candidaturas de profesores Ikerbasque contratados por la Fundación Ikerbasque y que estén adscritos a algún centro dentro de las categorías de agentes
anteriormente señaladas.
c) Haber desarrollado al menos durante 12 años su carrera científica en Euskadi, a partir de la
obtención del doctorado.
Documentos asociados
Boletín:
14/12/2017
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 237
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 237
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
16/12/2022
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 239
Documento: Convocatoria 2022 Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 239
Documento: Convocatoria 2022 Descargar Documento