Premio Reina Letizia 2015, de Tecnologías de la Accesibilidad.
Código de ayuda:
S20719/15Norma:
Resolución de 1 de abril de 2015. Orden SSI/803/2014, de 6 de mayo.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 15/06/2015Finalidad u objetivo de la ayuda:
Recompensar bien una labor continuada de una persona física o jurídica llevada a cabo en un periodo de tiempo no inferior a cinco años, o premiar un proyecto con perspectiva de continuidad, en ambos casos siempre en el campo de la accesibilidad a las tecnologías de la información y la comunicación para las personas con discapacidad apoyando la igualdad de oportunidades y la inclusión tecnológica.Categorías Subvención
- Premios
Localización del organismo gestor
España
Convoca:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad ( España)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El Premio Reina Letizia de Tecnologías de la Accesibilidad, consiste en una dotación máxima de 20.000 euros, financiada al 50 % por la Fundación CENTAC y el Real Patronato sobre Discapacidad.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Empresas (más de 250 empleados)
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas o jurídicas, tanto de forma individual como conjunta o con trabajos de equipo, o cualquier entidad de gestión pública o privada inscrita en territorio español, excluyendo a las entidades que forman parte del Patronato de la Fundación Centro Nacional de Tecnologías de la Accesibilidad (en adelante CENTAC), las participadas económicamente por ellas o, cualquier entidad, lucrativa o no, cuya actividad principal coincida con las mismas.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La accesibilidad a las tecnologías de la información y la comunicación para las personas con discapacidad apoyando la igualdad de oportunidades y la inclusión tecnológica.Requisitos:
Los solicitantes no deben estar incursos en ninguna de las circunstancias reguladas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.Documentos asociados
Boletín:
16/05/2014
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 119
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 119
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Boletín:
28/04/2015
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 101
Documento: Convocatoria 2015 y Anexos. Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 101
Documento: Convocatoria 2015 y Anexos. Descargar Documento