Premios Extraordinarios de Bachillerato en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, correspondientes al curso 2013-2014.
Código de ayuda:
S23373/14Norma:
Orden de 21 de mayo de 2014. Orden EDU/2058/2010, de 13 de julio.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 05/06/2014Finalidad u objetivo de la ayuda:
Aprobar las bases reguladoras y convocar, en régimen de concurrencia competitiva, los Premios Extraordinarios de Bachillerato correspondientes al curso 2013-2014 en la Comunidad Autónomade la Región de Murcia, con el fin de reconocer el esfuerzo, trabajo y dedicación del alumnado que finaliza sus estudios de Bachillerato con excelente trayectoria académica en los centros educativos de la Región de Murcia.
Categorías Subvención
- Educación y Ciencia
- Premios
Localización del organismo gestor
Región de Murcia
Convoca:
Consejería de Educación, Juventud y Deportes (Región de Murcia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Se podrán conceder, como máximo, trece Premios Extraordinarios de acuerdo con el total del alumnado matriculado en segundo curso de Bachillerato, en el año académico 2013-2014, en los centros educativos de la Región de Murcia, a razón de un premio por cada 1.000 alumnos o fracción superior a 500.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Los alumnos que cumplan los requisitos establecidos.Requisitos:
1. Haber cursado y superado en centros docentes españoles los dos cursos de cualquier modalidad de Bachillerato y además haber finalizado dichos estudios en el curso académico 2013-2014 en un centro docente, público o privado, de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en régimen presencial o a distancia.2. Haber obtenido en las calificaciones del conjunto de los dos cursos de Bachillerato, una nota media igual o superior a 8,75 puntos. Para la obtención de dicha nota media se computarán las calificaciones obtenidas en las materias comunes, las propias de la modalidad y las optativas de los dos cursos de Bachillerato. La nota media será la media aritmética de las calificaciones de todas las materias referidas, redondeada a la centésima más próxima y en caso de equidistancia a la superior. Para este cálculo no se tendrá en cuenta la materia de Religión.
3. Los beneficiarios estarán exentos de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 y de las obligaciones establecidas en el artículo 14.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Documentos asociados
Boletín:
29/05/2014
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 122
Documento: Premios. Descargar Documento
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 122
Documento: Premios. Descargar Documento
Boletín:
29/07/2014
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 183
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 183
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento