Premios MAD + 2018, para un Madrid MÁS justo y MÁS Solidario del Ayuntamiento de Madrid.

Código de ayuda:

S35691/18

Plazo de Solicitud:

Hasta el 20 de agosto de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Los Premios MAD + 2018, para un Madrid MÁS justo y MÁS Solidario del Ayuntamiento de Madrid, es una de las líneas de reconocimiento del Ayuntamiento de Madrid al trabajo de los emprendedores sociales. El objetivo principal de este premio es contribuir al reconocimiento de proyectos originales, creativos, innovadores y
generadores de impacto social y/o medioambiental para promover e impulsar el emprendimiento social, así como la generación de empleo e incremento de la actividad económica del país, contribuyendo al fomento de esta nueva modalidad de emprendimiento.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Premios

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía total del premio asciende a 24.000 euros, desglosado de la siguiente manera: 20.000 euros para el primer premio y 4.000 euros para el segundo.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los que cumplan los requisitos.

Requisitos:

1. Haber iniciado su actividad empresarial a partir del 1 de enero de 2013. Se admitirán las solicitudes de aquellas empresas creadas con anterioridad a esta fecha, siempre que al premio se presenten con una nueva línea de negocio iniciada después del 1 de enero de 2013 y puedan acreditarlo.

Las empresas solicitantes deberán ser PYMES según la definición establecida en la Recomendación de la Comisión Europea del 6 de mayo de 2003, y en ningún caso, deberán estar participadas en su capital por otra mercantil que no esté considerada PYME en más de un 25 por 100, sea cual sea su régimen jurídico, en el momento de la solicitud, y con algunas de las siguientes formas jurídicas:

— Persona física: empresario individual o autónomo, emprendedor de responsabilidad limitada, comunidades de bienes y sociedades civiles.

— Persona jurídica: sociedad anónima, sociedad limitada, sociedad limitada nueva empresa, sociedad limitada laboral, cooperativas y asociaciones que ejerzan una actividad económica de forma regular.

2. Disponer de un proyecto empresarial que:

a) Sea original, creativo, disruptivo e innovador, con o sin base tecnológica, aplicado a diferentes ámbitos (medioambiente, salud y bienestar, gastronomía, educación, comercio, moda, finanzas, comercio electrónico, turismo, industria, infraestructuras, logística, energía, etc.), o focalizado en el desarrollo de capacidades y en la mejora de la empleabilidad, siempre y cuando demuestre la capacidad de generar un cambio de la sociedad, la mejora de las condiciones sociales de los colectivos beneficiarios y promueva su reconocimiento ante la sociedad.

b) Cuente con un prototipo de producto o servicio probado y testado, con resultados ya medidos o medibles.

c) Cuenta con un prototipo de negocio escalable y susceptible de captar el interés de los inversores de impacto social.

d) Cuente con metodología orientada a la medición del impacto social y aporte resultados cuantificados que orienten sobre el grado de mitigación o resolución del problema o necesidad que se pretende resolver.

e) Tenga un equipo promotor y de dirección orientado a incrementar la conciencia social y compromiso entre los empleados, clientes, inversores, etc., a atraer e involucrar a otros agentes (tejido asociativo, instituciones, administraciones públicas) y a impulsar el trabajo colaborativo en red.

Documentos asociados

Boletín: 05/07/2018
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 159
Documento: Convocatoria 2018 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 05/07/2018
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 159
Documento: Bases y Convocatoria 2018 Descargar Documento