Premios Nacionales de Literatura en las modalidades de Poesía, Poesía Joven «Miguel Hernández», Narrativa, Ensayo, Literatura Dramática y Literatura Infantil y Juvenil correspondientes a 2017.- Convocatoria 2017.
Código de ayuda:
S24973/17Norma:
ORDEN de 7 de junio de 1995. Resolución de 16 de mayo de 2017.Plazo de Solicitud:
Hasta el 1 de septiembre de 2017.¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Aproximadamente 20.000 €
Finalidad u objetivo de la ayuda:
Los Premios Nacionales de Literatura tienen por objeto distinguir las obras de autores españoles, escritas en cualquiera de las lenguas españolas, que, según el juicio de especialistas de probada competencia, han resultado sobresalientes dentro de la creación literaria, en las modalidades de Poesía, Poesía Joven «Miguel Hernández», Narrativa, Ensayo, Literatura Dramática y Literatura Infantil y Juvenil.Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Audiovisual, Prensa y Publicaciones
Premios
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ministerio de Cultura y Deporte ( España)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Los Premios Nacionales de Literatura en cada modalidad tendrán una cuantía de 20.000 euros, que percibirán los autores de las obras. Los premios tendrán carácter indivisible y no podrán ser declarados desiertos ni concederse a título póstumo, sin perjuicio de los derechos de sucesión que puedan ejercerse si algún autor falleciera después del fallo del Jurado.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Empresas (más de 250 empleados)
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Optarán a estos premios las obras de creación literaria escritas en cualquier lengua española por autores españoles y editadas en España en su primera edición, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2016, que hayan cumplido los requisitos legales establecidos para su difusión. Si existen dudas sobre la fecha de publicación, se tomará como válida la fecha del Depósito Legal.Requisitos:
Quedan excluidas, con carácter general, aquellas las antologías que constituyan una selección de fragmentos de obras ya publicadas en forma de libro. Las denominadas «obras completas» y las recopilaciones de obras sólo podrán ser tenidas en consideración si la parte de las mismas publicada por vez primera en 2016 supera en número de páginas a las partes ya publicadas en años anteriores. Igualmente se excluirán las actas de congresos.Asimismo quedarán excluidas las obras colectivas en las que participen más de tres autores.
Documentos asociados
Boletín:
29/06/1995
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 154
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 154
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
01/06/2017
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 130
Documento: Convocatoria 2017 Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 130
Documento: Convocatoria 2017 Descargar Documento