Prestaciones del Sistema para la Autonomia y Atencion a la Dependencia en Castilla y Leon, el calculo de la capacidad economica y las medidas de apoyo a las personas cuidadoras no profesionales.
Código de ayuda:
S33128/11Norma:
ORDEN FAM/763/2011, de 6 de junio.Plazo de Solicitud:
A publicar en la correspondiente Convocatoria.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regular la intensidad de protección de los servicios que forman parte del catálogo de servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD); el régimen aplicable a las prestaciones económicasy determinadas medidas de apoyo de las personas cuidadoras. Asimismo, se regulan los criterios de valoración de la capacidad económica de las personas beneficiarias del sistema, a efectos de determinar la cuantía de las prestaciones económicas
Categorías Subvención
Discapacidad / Personas con discapacidad
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor
![](https://www.infoayudas.com/images/detalle/8.png)
Convoca:
Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades (Castilla y León)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Las personas con situación de dependencia reconocida en alguno de los grados y niveles establecidos por la Ley 39/2006 de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, y que reúnan los requisitos¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
- Servicio de prevención de las situaciones de dependencia.Las personas en situación de dependencia, en cualquiera de los grados establecidos, recibirán servicios de prevención con el objeto de retrasar el agravamiento de su grado y nivel de dependencia, incluyendo esta atención en los programas de teleasistencia, de ayuda a domicilio, de los centros de día y de atención residencial.
- Servicio de promoción de la autonomía personal.
Los servicios de promoción de la autonomía personal tienen por finalidad desarrollar y mantener la capacidad personal de controlar, afrontar y tomar decisiones acerca de cómo vivir de acuerdo con las normas y preferencias propias y facilitar la ejecución de las actividades básicas de la vida diaria.
- Servicio de ayuda a domicilio.
El servicio de ayuda a domicilio consiste en un conjunto de actuaciones llevadas a cabo en el domicilio de las personas en situación de dependencia con el fin de atender sus necesidades de la vida diaria e incrementar su autonomía, posibilitando la permanencia en su domicilio. Este servicio podrá comprender actuaciones de:
a) Atención personal en la realización de las actividades de la vida diaria.
b) Atención de las necesidades domésticas.
- Servicio de Centro de Día y de Noche.
El servicio de Centro de Día o de Noche ofrece una atención integral durante el periodo diurno o nocturno a las personas en situación de dependencia, con el objetivo de mejorar o mantener el mejor nivel posible de autonomía personal y apoyar a las familias o cuidadores. En particular, cubre, desde un enfoque biopsicosocial, las necesidades de asesoramiento, prevención, rehabilitación, orientación para la promoción de la autonomía, habilitación o atención asistencial y personal.
- Servicio de Atención Residencial.
El servicio de Atención Residencial ofrece una atención integral y continuada, de carácter personal, social y sanitario, que se prestará en centros residenciales públicos o acreditados, teniendo en cuenta la naturaleza de la dependencia, grado de la misma e intensidad de cuidados que precise la persona.
- Asistencia personal.
La prestación económica de asistencia personal está destinada a contribuir a la cobertura de los gastos derivados de la contratación de una asistencia personal, durante un número de horas, que facilite al beneficiario el acceso a la educación y al trabajo, así como una vida más autónoma en el ejercicio de las actividades básicas de la vida diaria.
- La prestación económica de cuidados en el entorno familiar
Consiste en una cuantía económica de periodicidad mensual cuya finalidad es la de contribuir a la cobertura
de gastos, tales como la adquisición de productos necesarios para el cuidado, productos y servicios de apoyo necesarios para la atención personal, mejora de la accesibilidad etc., derivados de la atención prestada en su domicilio a quien se encuentra en situación de dependencia por persona de su familia o de su entorno que no estén vinculadas entre sí por un servicio de atención profesionalizada.
Requisitos:
Ver requisitos específicos en cada tipo de ayuda.Documentos asociados
Boletín:
09/06/2011
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 111
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 111
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