Prestamo de libros de texto a aquel alumnado escolarizado en centros adscritos al Programa de Prestamo y Reutilizacion de Libros de Texto, durante el curso academico 2015/2016.
Código de ayuda:
S47319/14Norma:
Resolución de 6 de octubre de 2014. Resolución de 2 de octubre de 2014. Resolución de 8 de mayo de 2015.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 05/06/2015Finalidad u objetivo de la ayuda:
Aprobar la resolución por la que se abre el plazo para la presentación de solicitudes para participar en el Programa de Préstamo y Reutilización de Libros de Texto para curso escolar 2015/2016, para aquel alumnado escolarizado en los centros escolares que figuran en el anexo a la presente resolución y en los niveles educativos de Educación Primaria (excluido primer curso), Educación Secundaria Obligatoria (excluido primer curso) o Enseñanza Básica Obligatoria (EBO).Categorías Subvención
Educación y Ciencia
Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Educación (Principado de Asturias)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
- Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza
Detalle beneficiarios:
Los alumnos que cumplan los requisitos establecidos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Participar en el Programa de Préstamo y Reutilización de Libros de Texto para curso escolar 2015/2016.Requisitos:
a) Estar matriculados en Educación Primaria (excepto primer curso), Educación Secundaria Obligatoria (excepto primer curso) o Enseñanza Básica Obligatoria (EBO) durante el curso escolar 2015/2016 en los centros públicos de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias que se relacionan en el anexo a esta Resolución.b) No ser repetidor del curso en el que se matrícula.
c) No superar la unidad familiar en el ejercicio 2013 los siguientes umbrales:
Familias de dos miembros (monoparentales) 10.000,00 €
Familias de tres miembros 15.000,00 €
Familias de cuatro miembros 20.000,00 €
Familias de cinco miembros 25.000,00 €
Familias de seis miembros 30.000,00 €
Familias de siete miembros 35.000,00 €
Familias de ocho miembros 40.000,00 €
A partir del octavo miembro, por cada nuevo miembro computable, se añadirán 2.500,00 €
• Total de ingresos=suma de los ingresos aportados por los miembros de la unidad familiar que obtengan ingresos.
• Miembros de la unidad familiar=quienes convivan en el domicilio.
En el caso del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo derivada de discapacidad o de alta capacidad intelectual, este umbral será incrementado en 5.000 euros.
También se incrementará el umbral, previa acreditación documental, en el caso de familias numerosas legalmente reconocidas, en la forma descrita a continuación:
Familias de Categoría General 3.000 euros
Familias de Categoría Especial 5.000 euros
Documentos asociados
Boletín:
08/10/2014
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 234
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 234
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
09/10/2014
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 235
Documento: Convocatoria 2014/2015. Descargar Documento
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 235
Documento: Convocatoria 2014/2015. Descargar Documento
Boletín:
18/05/2015
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 113
Documento: Convocatoria 2015/2016 Descargar Documento
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 113
Documento: Convocatoria 2015/2016 Descargar Documento