Prestamos correspondientes al tramo de financiacion Inversion-Emprendetur Empresas dentro de la linea ICO Inversion.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S30564/12

Norma:

Orden PRE/1768/2012, de 3 de agosto

Plazo de Solicitud:

Hasta el 17 de diciembre de 2012.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular las operaciones de financiación que constituyen el tramo de préstamos para la realización de inversiones en activos productivos por empresas y autónomos del sector turístico (el tramo Emprendetur Empresas 2012) del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, el cual asumirá la financiación de los fondos puestos a disposición de las entidades financieras para la concesión de préstamos o leasing, así como la comisión de gestión a favor del Instituto
de Crédito Oficial (ICO).

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Financiación Preferente / Préstamos
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de financiación máxima acumulada por cliente, en una o varias operaciones, será de 10.000.000 de euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas y autónomos con domicilio social y fiscal o establecimiento permanente en España que desarrollen su actividad dentro del sector turístico español, que vayan a realizar las inversiones enumeradas en la regla tercera de este acuerdo.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

- Inversiones en activos productivos fijos materializadas en infraestructuras y/o equipamientos.

- Construcción y adquisición de inmuebles en zonas de interés prioritario para la Secretaría de Estado de Turismo.


Requisitos:

Podrán ser clientes las empresas y autónomos propietarias o que exploten:

a) Establecimientos hoteleros, apartamentos turísticos, campamentos turísticos y alojamientos rurales.

b) Establecimientos de restauración.

c) Agencias de viajes.

d) Establecimientos de oferta turística complementaria.

Documentos asociados

Boletín: 09/08/2012
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 190
Documento: Bases y Convocatoria 2012. Descargar Documento