Prestamos y anticipos a los Funcionarios de Cuerpos Docentes no Universitarios al Servicio de la Administracion de la Comunidad de Madrid durante el ejercicio economico 2011.

Código de ayuda:

S23828/11

Norma:

ORDEN 1385/2011, de 4 de abril.

Plazo de Solicitud:

Tramo 1.- Hasta el 20/05/11. Tramo 2.- 23/05/11 al 22/06/11. Tramo 3.- 01/07/11 al 09/09/11.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de préstamos y anticipos, durante el ejercicio económico 2011, al personal funcionario, de carrera o en prácticas, de Cuerpos Docentes no Universitarios al Servicio de la Comunidad de Madrid.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Financiación Preferente / Préstamos
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Educación (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Con carácter general, la cantidad concedida como préstamo no podrá superar los 3.500 euros. En el caso de la adquisición de vehículo por los profesores que ocupen puestos catalogados como singulares itinerantes, la cuantía máxima se elevará a 4.400 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los funcionarios, de carrera o en prácticas, pertenecientes a Cuerpos Docentes no Universitarios al Servicio de la Comunidad de Madrid, con nómina gestionada por la Comunidad de Madrid, que se encuentren en situación de servicio activo en el momento de formular su solicitud.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los préstamos y anticipos, durante el ejercicio económico 2011, al personal funcionario, de carrera o en prácticas, de Cuerpos Docentes no Universitarios al Servicio de la Comunidad de Madrid.

Dentro de los anticipos:

- Se podrán conceder anticipos sobre mensualidades, con un importe máximo equivalente a las retribuciones líquidas mensuales del solicitante. Dicha cuantía máxima se corresponderá con la de la mensualidad en que efectivamente se proceda al abono del citado anticipo.

- Se podrán conceder anticipos sobre las pagas extraordinarias que el interesado vaya a percibir dentro del ejercicio económico 2011. El importe máximo será la cuantía líquida que corresponda al solicitante por dos pagas extraordinarias.

Requisitos:

a) Los solicitantes de estos préstamos y anticipos deberán ser funcionarios, de carrera o en prácticas, de Cuerpos Docentes no Universitarios al Servicio de la Comunidad de Madrid, con nómina gestionada por la Comunidad de Madrid, en situación de servicio activo. Antes de dejar de estar en estas condiciones deberán
reintegrar en su totalidad el importe del préstamo o anticipo concedido.

b) No tener pendiente de devolución ningún préstamo o anticipo de los asignados a través del mismo procedimiento concedido con anterioridad.

c) No estar sujeto a retención judicial de parte de su nómina.

d) No estar en un proceso de retención de cantidades indebidamente percibidas.

Documentos asociados

Boletín: 26/04/2011
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 97
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento