Prima de polinización destinada a los titulares de explotaciones apícolas de Cantabria para el año 2017.

Código de ayuda:

S30755/17

Norma:

Orden MED/26/2016, de 13 de abril. Orden de 15 de junio de 2017.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 26 de julio de 2017.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 5.500

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar una prima de polinización, para el año 2017, dirigida a los titulares de explotaciones apícolas de Cantabria, en régimen de concurrencia competitiva, con la finalidad de favorecer el sostenimiento de las colmenas en base a su importante papel en la función polinizadora y de aprovechamiento de los recursos naturales.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima a percibir por cada beneficiario será de 5.500 euros (11 euros por colmena, para un máximo de 500 colmenas).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas

Detalle beneficiarios:

Podrán acceder a estas ayudas las personas físicas o jurídicas y las comunidades de bienes que tengan la consideración de titulares de explotaciones apícolas, conforme se defi nen en el Decreto 87/2007, de 19 de julio, de ordenación de las explotaciones apícolas en Cantabria, y que cumplan además, los siguientes requisitos:

La explotación deberá estar inscrita en el Registro Ofi cial de Explotaciones Ganaderas de Cantabria.

La explotación deberá tener declaradas en el Registro Ofi cial de Explotaciones Ganaderas de Cantabria un efectivo mínimo de 15 colmenas, debidamente identifi cadas con el número de registro y localizadas en asentamientos inscritos en el mismo (sin sobrepasar la capacidad máxima autorizada para cada uno de ellos), el día que fi nalice el plazo para la presentación de solicitudes de la prima.

El titular de la explotación apícola deberá haber efectuado la declaración anual obligatoria, indicando el censo de colmenas presentes en la explotación a fecha 31 de diciembre del año precedente, antes del día 1 de marzo del año en curso.

Documentos asociados

Boletín: 26/04/2016
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 79
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 26/06/2017
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 122
Documento: Convocatoria 2017 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 26/06/2017
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 122
Documento: Convocatoria 2017 Completa Descargar Documento