Primera convocatoria correspondiente al "Programa 2: para las actuaciones en la renovación tecnológica y medioambiental de minicentrales hidroeléctricas de hasta 10 MW", incluido en los programas de "Repotenciación Circular" para la concesión de ayudas PRTR.

Código de ayuda:

S67919/22

Norma:

Resolución de 30 de noviembre de 2022. Orden TED/1071/2022, de 8 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

Desde las 12:00 horas del día 17 de enero de 2023 y finalizará a las 12:00 horas del día 10 de marzo de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se realiza la primera convocatoria de los Programas “Repotenciación Circular” para la concesión de ayudas a la inversión en la repotenciación de instalaciones eólicas, en la renovación tecnológica y medioambiental de minicentrales hidroeléctricas de hasta 10 MW y en instalaciones innovadoras de reciclaje de palas de
aerogeneradores, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Impulsar el desarrollo de proyectos de inversión en la renovación tecnológica y medioambiental de minicentrales hidroeléctricas de hasta 10 MW, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, dentro de sus actuaciones de inversión contempladas para las Componentes C7.I1 y C8.I1.

Categorías Subvención

  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio para la Transición Ecológica ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las ayudas objeto de esta convocatoria:

Cualesquiera personas jurídicas, públicas o privadas; consorcios o agrupaciones empresariales de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, con personalidad jurídica propia; legal y válidamente constituidas, que tengan su domicilio fiscal en España siempre que realicen alguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado y lleven a cabo la inversión o satisfagan el gasto correspondiente a la actuación incentivable.

Documentos asociados

Boletín: 10/12/2022
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 270
Documento: Bases Reguladoras 2022, y Anexos Descargar Documento
Boletín: 15/12/2022
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 300
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 15/12/2022
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 300
Documento: Convocatoria 2022 Descargar Documento