Procedimiento para el desarrollo del programa de infraestructuras de telecomunicaciones en la Región de Murcia.
Código de ayuda:
S69946/09Norma:
Orden de 6 de noviembre de 2009.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 23/11/2009Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las bases reguladoras y la convocatoria del procedimiento para el desarrollo del Programade Infraestructuras de telecomunicaciones de la Región de Murcia y su finalidad es reducir la brecha digital entre el mundo urbano y rural de la Región de Murcia.
Para tal efecto se distinguirán tres grupos de proyectos susceptibles de recibir la presente ayuda:
Grupo 1: Servicios de comunicación electrónica (capilaridad).
Grupo 2: Conexión a redes troncales de gran capacidad.
Grupo 3: Proyectos piloto para servicios avanzados de telecomunicación.
Categorías Subvención
- Corporaciones Locales
- Equipamientos informáticos y Tecnología
- Inversiones Materiales y Equipos
Localización del organismo gestor
Región de Murcia
Convoca:
Consejería de Economía y Hacienda (Región de Murcia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe máximo de capital del crédito reembolsable será el 100% del coste subvencionable de los proyectos.Características: Los créditos reembolsables tendrán un tipo de interés del 0% anual, con un plazo máximo de amortización de quince años que incluye tres años de carencia, con vencimientos anuales desde la fecha de pago del importe del capital del crédito reembolsable y cuotas iguales hasta el final del decimoquinto año.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las empresas cuyo objeto social incluya la explotación de redes y la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, cualquiera que sea su forma jurídica, que ejerza una actividad económica y que esté válidamente constituida en el momento de presentación de la solicitud de ayuda. Se integran en este concepto las sociedades mercantiles públicas, los entes públicos empresariales y los empresarios individuales, así como las agrupaciones o asociaciones empresariales.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Se consideran costes subvencionables y por tanto financiables mediante un crédito reembolsable con bonificación de intereses los siguientes conceptos:a) Gastos de personal dedicado al proyecto.
b) Aparatos y equipos dedicados al proyecto así como su instalación (equipos de transmisión y recepción, sistemas de cableado, sistemas de acceso, sistemas de enlaces, accesos FO,…).
c) Material fungible exclusiva y permanentemente destinado al proyecto.
d) Gastos de promoción y difusión de la acción
e) Infraestructuras y obra civil de red y acceso asociada a los proyectos (zanjas, canalizaciones, casetas, torretas, cables de FO, infraestructura de radiocomunicaciones, infraestructura de soporte para los equipos de alimentación y energía, sistemas de seguridad y protección,…).
Documentos asociados
Boletín:
11/11/2009
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 261
Documento: Bases, Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 261
Documento: Bases, Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento