Programa Emplea Mujer para la contratación por cuenta ajena, cofinanciada por el programa operativo FSE Galicia 2014-2020, y la formación de las mujeres desempleadas.

Código de ayuda:

S25673/19

Norma:

ORDEN de 3 de abril de 2019. RESOLUCIÓN de 6 de febrero de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de septiembre de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Con la finalidad de facilitar la inserción laboral de las mujeres desempleadas que presentan desventajas y dificultades particulares para acceder o permanecer en el mercado de trabajo, esta orden tiene por objeto fijar las bases reguladoras, en régimen de concurrencia no competitiva, y proceder a su convocatoria para el año 2019 de los incentivos a la contratación por cuenta ajena.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Empleo
  • Formación
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Economía, Empleo e Industria (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La orden de convocatoria tiene un importe de 3.339.267 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de los incentivos previstos en esta orden las personas empleadoras y las empresas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, incluidas las personas autónomas, las sociedades civiles y las comunidades de bienes, aunque carezcan de personalidad jurídica, que contraten mujeres desempleadas por cuenta ajena para prestar servicios en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Galicia, de acuerdo con los requisitos y condiciones que se establecen en esta orden.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Bono de contratación, por medio del cual se proporcionará una subvención a la contratación indefinida inicial, a la contratación temporal con una duración inicial mínima de 12 meses, a la transformación de contratos temporales en indefinidos que deberán ser a tiempo completo, y en el caso de contratos indefinidos a tiempo parcial en los que será subvencionable el incremento de jornada que deberá de alcanzar la jornada a tiempo completo ordinaria o la establecida en el convenio colectivo de aplicación.

La contratación indefinida inicial está cofinanciada en un 80 % por el PO FSE Galicia 2014‑2020. En el objetivo temático 8: promover la sostenibilidad y la calidad en el empleo y favorecer la movilidad laboral; prioridad de inversión 8.1: «El acceso al empleo por parte de las personas demandantes de empleo y de las personas inactivas, incluidas las personas desempleadas de larga duración y las personas alejadas del mercado laboral, así como las iniciativas de empleo locales y el fomento de la movilidad laboral. Facilitar el acceso al empleo de las personas desempleadas e inactivas, incluyendo las personas paradas de larga duración y personas alejadas del mercado laboral, incluidas las iniciativas locales de
empleo y apoyo a la movilidad laboral»; objetivo específico 8.1.3: aumentar la contratación de carácter estable de las personas desempleadas y/o demandantes de empleo, incluyendo las de larga duración y aquellas de más edad, y línea de actuación 128. Programa de incentivos a la contratación por cuenta ajena de carácter estable para diferentes colectivos con mayores dificultades de acceso al mercado laboral.

b) Bono de formación (opcional) dirigido a las mujeres contratadas por medio de esta orden, para llevar a cabo acciones formativas que mejoren sus conocimientos y habilidades relacionados con el puesto de trabajo, excepto en los casos de incremento de la jornada y transformación.

Documentos asociados

Boletín: 25/04/2019
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 79
Documento: Bases, Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento
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