Programa Hobeki Digitala: Medidas de Apoyo para impulsar la incorporación de las Nuevas Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TICs) en las empresas.
Código de ayuda:
S14337/06Norma:
Anuncio de 30 de marzo de 2006.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 09/10/2006Finalidad u objetivo de la ayuda:
Apoyo al avance de la incorporación de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TICs) en las pequeñas y medianas empresas de la Comunidad Autónoma del País Vasco.Categorías Subvención
- Equipamientos informáticos y Tecnología
Localización del organismo gestor
País Vasco
Convoca:
Sociedad para la Promoción y Reconversión Industrial, S.A. (SPRI) (País Vasco)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La realización de diagnósticos, elaboración de planes de implantación y ejecución de los planes de implantación de las TICs recibirá la siguiente subvención:– Empresas de tamaño pequeño, 35% de los gastos subvencionables descritos en los puntos 1 y 2 del artículo 5 de esta norma.
– Empresas de tamaño mediano, 20% de los gastos subvencionables descritos en los puntos 1 y 2 del artículo 5 de esta norma.
La ejecución de los planes de implantación de las TICs relacionados con el desarrollo de páginas Web transaccionales o Extranets recibirá una subvención adicional del 15% del coste de las acciones anteriores, independientemente del tamaño de la empresa.
Ello requerirá la aplicación de las normas WAI (Web Accesibility Initiative – www.w3.org/WAI) en los niveles establecidos por SPRI, S.A. en el momento de presentación de la solicitud de ayuda y que estarán publicados
en la web www.spri.net.
La subvención adicional del 15% por cumplimiento de normas WAI solamente será aplicable en el caso de proyectos de páginas Web transaccionales o Extranets.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas y jurídicas que realicen actividad empresarial.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Tendrán la consideración de actividades subvencionables:1.– Diagnóstico de necesidades y/o elaboración de planes de implantación de las TICs en las empresas, realizados por entidades o empresas especializadas que no tengan vinculación vía acciones o participaciones ni directa ni indirectamente con la empresa solicitante.
Para la elaboración del plan, la empresa especializada deberá seguir la metodología facilitada por SPRI, S.A. o en su caso acreditar disponer de una metodología propia, aceptada expresamente por SPRI, S.A., para la implantación de las TICS en las empresas.
2.– La ejecución de los planes de implantación de las TICs que tiendan a integrar todos o parte de los procesos de negocio de la empresa y que estén relacionados con las siguientes actuaciones:
– Negocio Electrónico (e-Business): implantación de sistemas integrados de gestión y desarrollos y sistemas
de gestión financiera y de tesorería que faciliten la implantación de la factura electrónica en la empresa.
– Marketing Electrónico (e-Marketing): implantación de sistemas que optimicen la relación con los clientes
mediante la: fidelización de clientes, atracción de clientes, gestión de clientes, personalización de ofertas, publicidad y creación de bases de datos de clientes.
– Compras (e-Procurement): implantación de sistemas de gestión de compras de productos y servicios por
parte de la empresa de forma electrónica.
– Comercio Electrónico (e-Commerce): implantación de sistemas de ventas de productos y servicios a los
clientes por parte de la empresa de forma electrónica.
– Mercados Virtuales (e-Marketplaces): implantación de sistemas que permitan la participación de la empresa
en plataformas que facilitan la negociación entre compradores y vendedores de forma electrónica.
– Diseño e implantación del Web site de la empresa siempre y cuando éste incorpore, además de información sobre la empresa, la posibilidad de realizar transacciones comerciales.
– Diseño e implantación de la Intranet y/o Extranet de la empresa que optimicen la comunicación entre los
trabajadores de la empresa y la de esta con sus clientes y proveedores.
– Diseño e implantación de sistemas de seguridad en la red.
Las empresas beneficiarias podrán establecer un plazo máximo de ejecución del proyecto de 12 meses de
duración contados desde la fecha de inicio del proyecto establecido por la propia empresa.
Requisitos:
1.– Que tengan su domicilio social en la Comunidad Autónoma del País Vasco (CAPV) o que al menos un centro de actividad esté ubicado en la CAPV.2.– Que cumplan las condiciones de Pyme establecidas por la Comisión Europea.
Se entenderán por Pequeñas y Medianas Empresas (Pymes) aquellas que cumplan los siguientes requisitos:
– Que emplee a menos de 250 trabajadores/as.
– Que su volumen de negocio anual no supere los 50 millones de euros, o bien, que su balance general anual no rebase los 43 millones de euros.
Cuando sea necesario distinguir entre empresas pequeñas y medianas, se entenderá por pequeña empresa
aquélla:
– Que emplee a menos de 50 trabajadores/as.
– Que su volumen de negocio anual o balance general anual no rebase los 10 millones de euros.
3.– Cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 13 de la vigente Ley 38/2003, de 17 noviembre,
General de Subvenciones.
4.– Que tengan su situación regularizada en cuanto a sus obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social, según los límites que resulten exigibles de acuerdo con la legislación vigente, así como para con cualquiera de las sociedades del grupo SPRI.
Documentos asociados
Boletín:
10/05/2006
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 87
Documento: Programa Regulador Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 87
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