Programa Hogar Digital: Incentivos para la incorporación de las familias andaluzas al uso de las nuevas tecnologías.

Código de ayuda:

S40982/05

Norma:

ORDEN de 4 de julio de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/10/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases por las que se regirán los incentivos para la incorporación de las familias andaluzas al uso de las nuevas tecnologías, programa Hogar Digital, en desarrollo de los artículos 22 y 23 del Decreto 137/2002, de 30 de abril, de apoyo a las familias andaluzas.

Categorías Subvención

  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa (Andalucía)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Cualquiera de los miembros mayores de edad que formen parte de una de las unidades familiares descritas.

Se considera familia la unidad formada por una o varias personas que convivan en un mismo domicilio y se encuentren relacionadas entre sí:
a) Por vínculo de matrimonio o parejas de hecho inscritas conforme a la Ley 5/2002, de 16 de diciembre, de Parejas de Hecho.
b) Por parentesco de consanguinidad, adopción o afinidad hasta el segundo grado.
c) Por situación derivada de acogimiento familiar permanente o preadoptivo.
La relación de parentesco se computará a partir de la persona solicitante del incentivo.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los incentivos previstos en la presente Orden van destinados a favorecer a las familias andaluzas ubicadas en municipios andaluces de menos de 10.000 habitantes, cuyos ingresos no superen el límite establecido en el artículo 9.
Se consideraran municipios andaluces de menos de 10.000 habitantes, aquellos que, en el padrón municipal del año 2004, no superen esa cifra de población.

Los incentivos podrán revestir alguna de las modalidades siguientes:
1. Incentivos directos a fondo perdido.
2. Cursos de formación básica, impartidos en los centros Guadalinfo.

Podrán ser objeto de incentivo los siguientes conceptos de inversión o gasto:
1. Conexión a Internet.
2. Cursos de formación.

Documentos asociados

Boletín: 14/07/2005
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 136
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 06/10/2005
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 196
Documento: Ampliación plazo de presentación de solicitudes Descargar Documento