Programa Marco para la Cooperación Judicial en materia Civil: Convocatoria de propuestas para proyectos específicos cofinanciados — 2006.

Código de ayuda:

S05055/06

Norma:

Convocatoria 2006/C 49/13.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 20/04/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Los objetivos del presente marco general serán los siguientes:

1) promover la cooperación judicial en materia civil, aspirando en especial a:
a) velar por la seguridad jurídica y mejorar el acceso a la justicia;
b) fomentar el reconocimiento mutuo de las resoluciones judiciales y de las sentencias;
c) favorecer la necesaria aproximación de las legislaciones; o
d) eliminar los obstáculos creados por las disparidades en materia de Derecho civil y de los procedimientos civiles,

2) mejorar el conocimiento mutuo de los sistemas jurídicos y judiciales de los Estados miembros en materia civil,

3) permitir la puesta en práctica y la aplicación correcta de los instrumentos comunitarios en el ámbito de la cooperación judicial en materia civil, y

4) mejorar la información al público sobre el acceso a la justicia, la cooperación judicial y los sistemas jurídicos de los Estados miembros en materia civil.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Formación

Localización del organismo gestor

Unión Europea

Convoca:

Comisión Europea ( Unión Europea)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas y/o jurídicas relacionadas con el objeto del Programa.

El presente marco general estará abierto a la participación de los países siguientes:
1) los países candidatos de Europa Central y Oriental (PECO), de conformidad con las condiciones previstas en los Acuerdos europeos, en sus protocolos adicionales y en las decisiones de los Consejos de asociación respectivos,
2) Chipre, Malta y Turquía, en virtud de los acuerdos bilaterales que se celebren con dichos países,
3) otros países, cuando los acuerdos y procedimientos lo permitan.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1) medidas específicas adoptadas por la Comisión, o

2) acciones de financiación para proyectos específicos de interés comunitario:
a) formación,
b) intercambios y períodos de prácticas,
c) estudios e investigación,
d) reuniones y seminarios,
e) difusión de información.

3) acciones que otorguen ayuda financiera para las actividades de organizaciones no gubernamentales.

Documentos asociados

Boletín: 01/05/2002
DOCE Diario Oficial de las Comunidades Europeas- Nº L115
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 28/02/2006
DOCE Diario Oficial de las Comunidades Europeas- Nº C49
Documento: Convocatoria 2006 Descargar Documento