Programa de Apoyo a las Empresas Exportadoras Madrileñas.
Código de ayuda:
S07891/04Norma:
Orden 1606/2004, de 15 de marzo.Plazo de Solicitud:
Hasta 20 días después de la realización de la acción/gasto.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La incentivación y apoyo a los proyectos y actuaciones relacionados con los procesos de internacionalización de las empresas madrileñas en los procesos siguientes:- Viajes de Prospección Individual.
- Visitas a Ferias Internacionales.
- Participación con stand en Ferias Internacionales.
- Imagen y Publicidad en el Exterior.
- Estudios de viabilidad de proyectos de inversión en el exterior.
- Consorcios de Exportación.
Categorías Subvención
- Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
- Audiovisual, Prensa y Publicaciones
- Cooperación empresarial
- Exportación / Internacionalización
Localización del organismo gestor
Comunidad de Madrid
Convoca:
Cámara Oficial de Comercio e Industria de Madrid (Comunidad de Madrid)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
1.- Programa de Prospección Individual:- 75% del Billete aéreo para un representante de la Empresa en clase turista, hasta un máximo de 1.500 €.
2.- Programa de Visitas a Ferias, Seminarios y Congresos Internacionales en el extranjero.
- 75% Billete aéreo para un representante de la Empresa en clase turista, hasta un máximo de 1.500 €.
- 75% de los gastos de inscripción en Seminarios y Congresos hasta un máximo de 900 €.
3.- Programa de Participación con stand en Ferias, Seminarios y Congresos Internacionales en el Extranjero.
- 75% Billete aéreo hasta un máximo de 1.500 €.
- 50% Contratación del espacio hasta un máximo de 2.400 €.
- 50% Transporte de la mercancía hasta un máximo de 1.500 €.
- 50% Publicidad en el catálogo de la Feria hasta un máximo de 600 €.
4.- Programa de Imagen y Publicidad en el Exterior.
50% de los gastos de preparación, edición y, en su caso, traducción de catálogos y trípticos hasta un máximo de 3.000 € por empresa y año.
- 50% del importe de gastos de realización de vídeos, programas audiovisuales, pagina web hasta un máximo de 1.200 € por empresa y año, sin poder acceder de nuevo a tal ayuda hasta transcurridos dos años.
- 50% del importe de los gastos de inserción de anuncios en ediciones especiales, revistas profesionales, etc. Hasta un máximo de 1.500 € por empresa y año.
5.- Programa de Estudios de Viabilidad de Proyectos de Inversión en el Exterior.
- 50% de los gastos de realización del estudio hasta un máximo de 30.000 euros.
No se admitirán más de dos estudios de viabilidad por empresa y año.
6. Programa de Consorcios de Exportación
- Gastos de Constitución:
50% del importe de los Gastos de Constitución.
- Gastos de Estructura:
50% del importe del sueldo/ salario del Gerente hasta un máximo de 20.000 €.
50% del importe de los gastos de compra de equipos informáticos básicos hasta un máximo de 3.000 €.
- Gastos de Funcionamiento:
50% de gastos Registro de Patentes y Marcas Internacional del Consorcio y la compra de información relacionada con el proceso de internacionalización del Consorcio.
- NOTA: La ayuda anual máxima por Consorcio no podrá superar la cifra de 30.000 €.
El periodo susceptible de ayuda para cada Consorcio será de 1 año natural a partir de la fecha de su constitución jurídica.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Las Empresas pertenecientes al censo de la Cámara de Comercio e Industria de Madrid que cumplan con los requisitos exigidos y descritos en este procedimiento dándose preferencia a las empresas que se ajusten al objeto y fin de este programa.En relación a la línea de Consorcios de Exportación, podrán beneficiarse solamente los constituidos y registrados en la Comunidad de Madrid, al amparo del Programa de Consorcios de Exportación de la Cámara Oficial de Comercio e industria de Madrid.
Se dará preferencia a las pequeñas y medianas Empresas (en adelante PYME), en los términos establecidos por la normativa Comunitaria, que cumpla los siguientes requisitos:
- Tener una cifra de negocios anual no superior a 40 millones de euros, o bien un balance general que no exceda de 27 millones de euros, según el último Impuesto de Sociedades liquidado.
- Tener menos de 250 trabajadores.
- No estar vinculadas o participadas en una cantidad igual o superior al 25 por 100 del capital por empresas o Instituciones que no cumplan cualquier de los requisitos establecidos en los dos apartados anteriores, salvo si éstas son empresas públicas de inversión, empresas de capital riesgo o inversiones instituciones, en los términos establecidos por la Normativa Comunitaria aplicable.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1.- VIAJES DE PROSPECCIÓN INDIVIDUAL:a) Apoyo a la realización de viajes de prospección al extranjero, que contribuyan a la introducción en un determinado mercado de los productos y/ o servicios de una Empresa.
b) Podrán contar con una ayuda económica los gastos correspondientes al billete aéreo en clase turista para un representante de la Empresa. En ningún caso serán susceptibles de apoyo más de un viaje al mismo país y en el mismo año.
2.- VISITAS A FERIAS, SEMINARIOS Y CONGRESOS EN EL EXTRANJERO:
a) Apoyo a la visita a Ferias y Exposiciones Comerciales de carácter Internacional que se realicen en el extranjero.
b) Podrán contar con una ayuda económica los gastos correspondientes al billete aéreo en clase turista para un representante de la Empresa y los gastos de inscripción en el Seminario o Congreso. En ningún caso serán susceptible de apoyo más de una visita a la misma Feria y en el mismo año.
3.- PARTICIPACIÓN CON STAND EN FERIAS, SEMINARIOS Y CONGRESOS EN EL EXTRANJERO:
a) Apoyo a la participación efectiva con stand en Ferias y Exposiciones Comerciales de carácter Internacional que se realicen en el extranjero.
b) Podrán contar con una ayuda económica los gastos de contratación del espacio; los gastos del transporte, desde y hasta la Comunidad de Madrid, de los productos a exponer; inserción de publicidad en el catálogo de la Feria; y el billete aéreo en clase turista para un representante de la Empresa. En ningún caso serán susceptibles de apoyo más de una participación a la misma Feria y en el mismo año.
4.- IMAGEN Y PUBLICIDAD EN EL EXTRANJERO:
a) Apoyo a las actividades de promoción de la imagen de los productos y/ o servicios de una Empresa en mercados exteriores con la preparación, edición y en su caso traducción de catálogos y trípticos; realización de videos, programas audiovisuales, página web; e inserción de anuncios en ediciones especiales de revistas profesionales.
b) Podrán contar con ayuda económica los gastos de preparación, edición y en su caso traducción de catálogos y trípticos, siempre que se realicen en lengua extranjera o se incluya la cláusula "Este catálogo está destinado a la Exportación"; de realización de videos, programas audiovisuales, página web; y de inserción de anuncios en ediciones especiales de revistas profesionales.
5.- ESTUDIOS DE VIABILIDAD DE PROYECTOS DE INVERSIÓN EN EL EXTERIOR:
a) Apoyo a la realización de estudios de viabilidad de proyectos de inversión en el exterior.
b) Podrán contar con ayuda económica los gastos de realización, por terceros especializados, de estudios de viabilidad de proyectos de inversión en el exterior, que impliquen la implantación en el exterior a largo plazo de la empresa, teniendo preferencia aquellos estudios que sean necesarios realizar con objeto de conseguir financiación externa para el mismo.
6.- CONSORCIOS DE EXPORTACIÓN:
a) Apoyo a la constitución y funcionamiento de Consorcios de Exportación creados al amparo del Programa que a tal fin tiene implantado la Cámara.
b) Podrán contar con ayuda económica los gastos de constitución, estructura y funcionamiento necesarios para la creación e internacionalización del consorcio.
- Se considerarán Gastos de Constitución los siguientes: Redacción y firma de la Escritura, de los estatutos, inscripción en registros, certificaciones y demás gastos inherentes a este concepto así como las revisiones que sean necesarias en el primer año de existencia del Consorcio. Se excluyen los impuestos provenientes por estos conceptos.
- Se consideraran Gastos de Estructura el sueldo ó salario y Seguridad Social del Gerente y los gastos de compra de equipos informáticos básicos y necesarios para el funcionamiento del Consorcio.
- Se consideraran Gastos de Funcionamiento el Registro de Patentes y Marcas del Consorcio y la compra de información relacionada con el proceso de internacionalización del Consorcio
Quedan excluidos de apoyo todos los gastos que pudieran ser facturados por empresas pertenecientes o asociadas al Consorcio.
Documentos asociados
Boletín:
00/00/0000
Otro- Nº Web Cámara de Madrid
Documento: Informe de Resultados Descargar Documento
Otro- Nº Web Cámara de Madrid
Documento: Informe de Resultados Descargar Documento